Plazo: del 14 de abril al 28 de mayo de 2018
A continuación se describen brevemente algunos de los puntos esenciales de las ayudas a iniciativas emblemáticas para el reto demográfico. Para un mayor detalle, consultar la Orden PRE/8/2018, de 12 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a iniciativas emblemáticas para el reto demográfico en formato PDF (357 KB).
El objetivo perseguido con estas ayudas es que agentes públicos y privados desarrollen iniciativas emblemáticas dirigidas a abordar los retos demográficos a los que se enfrenta la Comunidad Autónoma de La Rioja. Estas iniciativas, concebidas dentro de un marco colaborativo, deben orientarse hacia uno o varios de los objetivos establecidos en la Agenda para la Población de La Rioja 2030:
Además, por su propia naturaleza, deben poder identificarse como "buenas prácticas en materia demográfica". Es decir, deben obtener unos resultados positivos observables en el marco de los objetivos de la Agenda y, al mismo tiempo, tener la capacidad de ser replicables y exportables a otros territorios y zonas de la región. En el desarrollo de estas iniciativas deberán tenerse en cuenta los principios de eficiencia, viabilidad, innovación, sostenibilidad y colaboración. Asimismo, se valorará de manera positiva la utilización responsable de los recursos locales, el uso de las TIC y la generación de empleo.
Podrá ser beneficiaria de las ayudas cualquier persona física o jurídica de naturaleza pública o privada que, dada la importancia concedida a los entornos colaborativos, obtenga el compromiso y el apoyo en el desarrollo de la iniciativa de al menos otros dos agentes públicos o privados, pudiendo ser uno de ellos el propio Gobierno de La Rioja. Estos agentes cooperadores, que en ningún caso asumirán la condición de beneficiarios de la ayuda, tendrán la obligación de suscribir una carta de apoyo de la iniciativa describiendo su papel y su aportación a dicha iniciativa.
Las iniciativas emblemáticas deberán tener un presupuesto mínimo de 30.000 euros, no superando la dotación económica de las ayudas el 80% del presupuesto total de la iniciativa.
La dotación presupuestaria anual, el importe máximo por beneficiario y el número máximo de iniciativas subvencionadas se establecerán en la resolución de convocatoria.
Las solicitudes de ayuda se formularán mediante un modelo normalizado incluido como anexo en la resolución de convocatoria y disponible en los canales habituales del Gobierno de La Rioja. Esta solicitud, junto con la documentación complementaria, se dirigirá a la Consejería competente en materia demográfica dentro de los plazos establecidos en la resolución de convocatoria.
Los gastos subvencionables podrán corresponderse con los siguientes:
Los gastos no subvencionables incluyen: intereses deudores generados por descubiertos e impagos en las cuentas bancarias, recargos y sanciones administrativas y penales, gastos de procedimientos judiciales, indemnizaciones, gastos y atenciones protocolarias, donaciones y atenciones sin contraprestación que se realicen al margen de las actividades propias de la iniciativa subvencionada.
Las solicitudes de ayuda deberán acompañar la siguiente documentación
*Los modelos de los documentos 2 a 5 estarán incluidos como anexos en la resolución de convocatoria.
Las solicitudes presentadas se valorarán de acuerdo a los siguientes criterios, debiendo obtener un mínimo de 25 puntos para optar a la subvención:
Criterios de valoración
CRITERIOS DE VALORACIÓN | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
---|---|
1. Grado de aportación a la consecución de los objetivos de la Agenda para la Población de La Rioja 2030. En función de la multiplicidad de objetivos a los que atiendan, así como de la intensidad con la que los atiendan, se determinará el grado de aportación. | 12,5 puntos |
2. Viabilidad y planificación adecuada de la iniciativa emblemática, demostrando la idoneidad de las estrategias y actuaciones recogidas en ella. | 15 puntos |
3. Actividad fundamentada en la colaboración de múltiples agentes de naturaleza pública y privada. | 7,5 puntos |
4. Grado de financiación privada. | 10 puntos |
5. Utilización adecuada, eficiente y sostenible de los recursos locales (naturales, patrimoniales, culturales, sociales, prolductivos,etc.). | 5 puntos |
6. Introducción y fomento del uso de las TIC. | 5 puntos |
7. Introducción de un enfoque práctico innovador a través del que se desarrollen actuaciones novedosas, alternativas y creativas desde el punto de vista metodológico. | 5 puntos |
8. Sostenibilidad, tanto en el diseño como en la ejecución de la iniciativa emblemática, o desde el punto de vista económico, social y medioambiental. | 10 puntos |
9. Ambición y realismo de los resultados previstos en términos de mejoras objetivas. | 15 puntos |
10. Repercusión positiva sobre el empleo: capacidad de generar y mantener puestos de trabajo estables, especialmente entre los colectivos de las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidad. | 10 puntos |
11. Capacidad de imitación, transferencia y réplica de la iniciativa en otros territorios. | 5 puntos |
La concesión de ayudas a iniciativas emblemáticas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, previa convocatoria pública y en base a los criterios de valoración establecidos.
La resolución y notificación de las solicitudes se llevará a cabo en un plazo máximo de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La justificación de la iniciativa emblemática se realizará a través de un informe justificativo final que deberá ser presentado según los plazos fijados en la resolución de convocatoria y que deberá incluir: