Las ayudas a las medidas forestales en la agricultura, en el marco de la nueva Política Agrícola Común (PAC), comenzaron con la publicación del Reglamento 2080/92 del Consejo, con los objetivos de paliar el déficit de productos forestales, eliminar tierras de cultivo marginales, diversificar la economía de las explotaciones agrarias, evitar el despoblamiento del medio rural, mejorar el medio ambiente, la biodiversidad y el paisaje.

Al reforestar sus tierras, los beneficiarios adquieren el compromiso de cambiar en Catastro el uso a "Forestal", con todas las implicaciones legales (pasan a regirse por la Ley 2/1995, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja), por lo que deben mantener dicho uso y conservar la plantación en estado óptimo (se establecen unas densidades mínimas de arbolado vivo), al menos durante un período de 20 años (tengan o no derecho a la prima compensatoria), plazo que se rebajó a 15 años a partir del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

Estas ayudas son cofinanciadas por los fondos europeos FEADER, el Ministerio de Transición Ecológica y la Comunidad Autónoma de La Rioja.

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Tipos de ayudas:

1.- Costes de implantación (Inversiones no asimiladas al SIGC):

Durante el primer año se abonan los costes de implantación, que incluyen tanto los gastos de forestación (preparación del terreno, adquisición de planta y plantación), como las obras complementarias (cerramientos perimetrales, vías de acceso, fajas cortafuegos, puntos de agua) necesarias. Las ayudas se abonan por módulos fijos por hectárea plantada, según los diversos tipos de forestaciones:

Más información sobre esta ayuda:


CÓDIGO Y TIPO DE REFORESTACIÓN

COSTES TIPO DE REFORESTACIÓN
FP-1 Creación de ecosistemas forestales permanentes con frondosas/resinosas (d= 800-1200 plantas/Ha) pendiente<30%
FP-2 Creación de ecosistemas forestales permanentes con frondosas/resinosas (d= 800-1200 plantas/Ha) pendiente>30%
FP-3 Restauración de riberas con frondosas (d=278 400 plantas/Ha)
FP-4 Forestaciones de carácter productor con frondosas (d=278 400 plantas/Ha) pendiente < 30%
FP-5 Forestaciones de carácter productor con resinosas (d=1400 1800 plantas/Ha) pendiente < 30%
FP-6 Forestaciones de carácter productor con resinosas (d=1400 1800 plantas/Ha) pendiente > 30%
FP-7 Forestación con frondosas micorrizadas para producción de trufa (d=278 400 plantas/Ha)

2.- Ayudas posteriores incluidas en la Solicitud Única de la PAC (asociadas a superficies, asimiladas al SIGC):


2.1.- Primas de mantenimiento: Cubre los gastos para realizar las labores de mantenimiento necesarias (reposición de marras, laboreos, escardas, riegos de apoyo, primeras podas, tratamientos fitosanitarios), que se realizan durante los 3 primeros años, a partir del año siguiente que se realizó la plantación, según unas tarifas fijas por Ha. mantenida. Los beneficiarios deben presentar cada año una solicitud (incluida en la Solicitud Única de la PAC), en la que indican los trabajos realizados y su fecha de ejecución, dicha solicitud es informada por el Agente Forestal de la zona que comprueba que dichos trabajos han sido realizados correctamente.

TIPO DE REFORESTA

CÓDIGO IMPORTE DE LOS MÓDULOS DE LA PRIMA DE MANTENIMIENTO ANUAL POR HECTÁREA IMPORTE
PM-1 Creación ecosistemas forestales permanentes (d=800-1200 plantas/Ha) 215
PM-2 Restauración de riberas con frondosas (d=278-400 plantas/Ha) 135
PM-3 Forestaciones de carácter productor con frondosas (d=278-400 plantas/Ha) 135
PM-4 Forestaciones de carácter productor con resinosas (d=1400-1800 plantas/Ha) 235
PM-5 Forestación frondosas micorrizadas (d=278-400 plantas/Ha) 210

2.2.- Primas compensatorias: Se trata de compromisos antiguos (anteriores al año 2006) contraídos con agricultores, al objeto de compensar la pérdida de ingresos producida por el cambio de uso agrícola a uso forestal, durante los 20 años posteriores al que se realizó la plantación. Los beneficiarios deben presentar todos los años una solicitud (incluida en la Solicitud Única de la PAC), en la que indican que la forestación continúa en buen estado y que cumple los requisitos que le dan derecho al cobro de dicha prima (ingresos procedentes de la actividad agraria superiores al 25% del total o al 50%, dependiendo del tipo de prima concedida). Sus importes varían en función de cuándo y con qué normativa les fueron concedidas.

¿Cómo se solicitan estas ayudas?

Estas ayudas se tramitan a través del programa específico de la PAC.

¿Dónde se puede presentar?

Entidades colaboradoras y Oficinas Comarcales Agrarias/SAC

Oficina de la PAC en La Grajera

Documentación a presentar


Plazo

Finaliza el 31 de mayo de 2024 (este plazo es para ayudas PAC)