Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

MEDIDA TIPO APLICABLE

Modalidad de Sucesiones (mas información)

Reducciones:

En adquisiciones de empresa individual, explotación agraria, negocio profesional o participaciones en entidades (a favor del cónyuge o pareja de hecho inscrita en cualquier registro oficial de uniones de hecho; descendientes, adoptados o personas objeto de un acogimiento familiar permanente o preadoptivo; ascendientes, adoptantes o personas que realicen un acogimiento familiar permanente o preadoptivo; y colaterales, por consanguinidad, hasta cuarto grado de la persona fallecida) 99%
En adquisiciones de vivienda habitual del causante con requisito de permanencia de 5 años en propiedad de herederos. 95%

Deducciones:

En adquisiciones de padres a hijos, de abuelos a nietos y entre cónyuges con residencia habitual en La Rioja

99%

Modalidad de Donaciones (mas información)

Reducciones:

En adquisiciones de empresa individual, explotación agraria, negocio profesional o participaciones en entidades (a favor del cónyuge o pareja de hecho inscrita en cualquier registro oficial de uniones de hecho; descendientes, adoptados o personas objeto de un acogimiento familiar permanente o preadoptivo; ascendientes, adoptantes o personas que realicen un acogimiento familiar permanente o preadoptivo; y colaterales, por consanguinidad, hasta cuarto grado del donante)

99%
Deducciones:
Por donaciones de dinero efectuada de padres a hijos para la adquisición de su vivienda habitual (se extiende a su depósito en cuentas vivienda o para cancelar o amortizar parcialmente un préstamo o crédito hipotecario para adquisición de la vivienda habitual con determinados requisitos) 100%
Por donación de primera vivienda habitual de padres a hijos. La deducción en la cuota dependerá del valor real de la vivienda donada con determinados requisitos. 100%,80%,...0%

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados

MEDIDA TIPO APLICABLE

Modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (mas información)

Tipo de gravamen general para las operaciones inmobiliarias, concesiones administrativas y actos y negocios equiparados a las mismas 7%
Tipo de gravamen general para las compraventas de objetos fabricados con metales preciosos 4%
Tipos reducidos:
- para adquisiciones de vivienda que vaya a ser objeto de inmediata rehabilitación 6%
- para adquisiciones de vivienda habitual por familias numerosas 3% con requisitos y 5% con carácter general
- para adquisiciones de vivienda habitual de protección oficial de régimen especial, y la constitución y cesión de derechos reales sobre las mismas 5%
- para adquisiciones de vivienda habitual por jóvenes menores de 36 años 5%
- para adquisiciones de vivienda habitual por discapacitados con un grado igual o superior al 33% 5%
- para adquisiciones en su integridad de una explotación agraria prioritaria familiar, individual, asociativa o asociativa cooperativa especialmente protegida 4%
- para la adquisición de bienes inmuebles por sociedades constituidas por jóvenes empresarios 4%
Deducción de la cuota pagada en operaciones societarias en las sociedades participadas por jóvenes menores de 36 años y adquieran un bien inmueble en los 3 meses posteriores a su constitución.

Modalidad de Actos Jurídicos Documentados (mas información)

Tipo de gravamen general aplicable a documentos notariales 1%
Tipos reducidos:
- para adquisiciones de vivienda habitual por familias numerosas 0,4% si el valor de la vivienda es inferior a 150.253 € y 0,5% si es superior
- para adquisiciones de vivienda habitual sujetos pasivos cuya base imponible del IRPF sea menor a 3,5 veces el IPREM.
- para adquisiciones de vivienda habitual por jóvenes menores de 36 años
- para adquisiciones de vivienda habitual por discapacitados con un grado igual o superior al 33%
- para la constitución de derechos reales de garantía cuyo sujeto pasivo sea una Sociedad de Garantía Recíproca con domicilio fiscal en La Rioja. 0,3%
- para documentos notariales que formalicen la adquisición de bienes inmuebles que vayan a constituir el domicilio fiscal o centro de trabajo de sociedades de jóvenes empresarios 0,4% si el valor de la vivienda es inferior a 150.253 € y 0,5% si es superior
Deducción de la cuota pagada en operaciones societarias en las sociedades participadas por jóvenes menores de 36 años y adquieran un bien inmueble en los 3 meses posteriores a su constitución.
Deducción de la cuota pagada en actos jurídicos documentados para sujetos pasivos con residencia habitual en La Rioja que adquieran su vivienda habitual nueva en dicho territorio. 20%
Deducción en determinadas operaciones de modificación y subrogación de préstamos y créditos hipotecarios para vivienda habitual. (Equiparación del tratamiento fiscal entre préstamos y créditos hipotecarios). 100%

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (mas información)

MEDIDA TIPO APLICABLE
Rebaja de un uno por ciento en la escala autonómica para los contribuyentes con residencia habitual en La Rioja

Deducciones de la cuota íntegra por el nacimiento o adopción del segundo o sucesivos hijos:

- 150 euros por el SEGUNDO HIJO nacido o adoptado en el período impositivo de devengo del impuesto, que conviva con el contribuyente a la fecha de devengo del impuesto

- 180 euros por el TERCERO Y SUCESIVOS HIJOS nacidos o adoptados en el período impositivo de devengo del impuesto, que conviva con el contribuyente a la fecha de devengo del impuesto

En caso de nacimientos o adopciones múltiples, la deducción que corresponde a cada hijo se incrementará en 60 euros.

Deducción de las cantidades invertidas en la adquisición o rehabilitación de una vivienda que constituya su segunda residencia en el ámbito rural 7%

Deducción del 5% para rehabilitación o del 3% en la adquisición de vivienda habitual de la cuota íntegra autonómica de las cantidades satisfechas en el ejercicio por jóvenes menores de 36 años, pudiendo incrementarse al 7% en rehabilitación o al 5% en adquisición en determinados casos. Se equipara la cuenta ahorro-vivienda si va a destinarse a su vivienda habitual y se adquiera la misma antes de finalizar el año natural en que se cumplan 35 años.

La aplicación de esta deducción está sujeta al cumplimiento de los requisitos para tener derecho a la deducción estatal por inversión en vivienda habitual.

Deducción del 2% para rehabilitación de vivienda habitual de la cuota íntegra autonómica de las cantidades satisfechas en el ejercicio. Se equipara la cuenta ahorro-vivienda si va a destinarse a su vivienda habitual y se rehabilite la misma antes de finalizar el año natural en que se cumplan 35 años.

La aplicación de esta deducción está sujeta al cumplimiento de los requisitos para tener derecho a la deducción estatal por inversión en vivienda habitual.