
Los vehículos al final de su vida útil (VFU) son aquellos vehículos que se han convertido en residuos, es decir, que su poseedor haya desechado o tenga la intención u obligación de deshacerse de ellos.
Los VFU tendrán la consideración de residuo a partir del momento en que se cumplan las dos condiciones siguientes:
1.- Que un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) haya emitido el certificado de destrucción o el certificado de tratamiento medioambiental del vehículo.
2.- Que el vehículo se halle en el recinto del CAT que ha emitido el certificado de destrucción o el certificado de tratamiento medioambiental del vehículo.
Tendrán asimismo la consideración de residuo los vehículos abandonados, así como los sometidos a operaciones de descontaminación, separación de componentes, partes o piezas de los mismos en lugares distintos a los CAT o las sometidas a operaciones de fragmentación o cizallamiento en lugares distintos de las instalaciones de fragmentación.
Estos vehículos deberán gestionarse en un CAT autorizado y obtener el certificado de destrucción o de tratamiento medioambiental correspondiente.
Además, en el caso de los vehículos abandonados, la competencia para su gestión corresponde a las entidades locales, siendo los ayuntamientos quienes entregarán los vehículos a un CAT.
¿Dónde entrego un vehículo al final de su vida útil?
- El titular de un vehículo está obligado a entregarlo a un centro autorizado de tratamiento (CAT), bien directamente o a través de una instalación de recepción (concesionarios de vehículos).
- Para dar cumplimiento al principio de jerarquía de residuos, estos centros deberán separar las piezas y componentes que se puedan preparar para la reutilización, y comercializarlas; también deberán entregar a un gestor autorizado todos los materiales procedentes de la descontaminación y remitir el resto del vehículo a un gestor autorizado para su fragmentación.
- En la actualidad existen en La Rioja 8 Centros Autorizados de Tratamiento (CAT), con una capacidad de tratamiento que oscila entre los 250 y 1000 vehículos al año y una capacidad total superior a los 6.000 VFU al año.
- Los CAT autorizados, están adheridos a la Asociación Española para el Tratamiento Medioambiental de los VFU (SIGRAUTO).
¿Cómo entrego un vehículo al final de su vida útil?
- El titular entrega el vehículo, junto con la documentación necesaria para su baja del registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico.
- El CAT emite el certificado de destrucción, que entrega al titular del vehículo, directamente o a través de la instalación de recepción. Este certificado constituye el justificante de entrega y justifica la baja en el registro de vehículos de la DGT.
- El CAT emisor realizará la tramitación electrónica de la baja del vehículo.
- En el plazo de 30 días, desde la emisión del certificado de destrucción, el CAT está obligado a descontaminar el vehículo.
Normativa
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
- Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el RD 2822/1998.
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