De conformidad con lo establecido en la Ley 42/2007, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, los ejemplares capturados de estas, no podrán ser devueltos a las aguas, y en las zonas autorizadas para su pesca, queda prohibida su posesión, transporte, tráfico y comercio en vivo, por lo que deberán ser sacrificados de manera inmediata en el momento de su pesca, con el fin de evitar su expansión e introducción en otras masas de agua. Se prohíbe por tanto, su mantenimiento en vivo durante el ejercicio de la pesca.
Queda prohibida además toda introducción de estas especies en los cauces y masas de agua de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Queda también prohibida su utilización como cebo vivo o muerto, de ejemplares, partes, o derivados. Si de forma accidental se capturas en ejemplares de estas especies fuera del ámbito de pesca autorizado para ellas, o de otras especies exóticas incluidas en dicho Catálogo pero no declaradas pescables en esta Comunidad Autónoma, serán igualmente sacrificadas de manera inmediata, pero queda prohibida la tenencia, transporte, tráfico y comercio, tanto vivos
como muertos, de los ejemplares capturados.
Artes: reteles o lamparillas. Máximo de 10 unidades en 100 metros de río u orilla, perfectamente identificados. El pescador deberá estar presente mientras dure la acción de pesca y todos los reteles debreán llevar etiqueta identificativa indeleble, con nombre, apellidos y DNI del pescador. La distancia entre reteles calados de distintos pescadores no será de menos de 10m. , salvo acuerdo entre ellos.
Sólo se permite el uso de cebos muertos, quedando prohibido dejar los restos de los mismos en las oriellas o arrojarlos al agua. Una vez acabada la jornada de pesca, esos restos deben ser recogidos y trasladados fuera de la zona, y ser depositados en un contenedor o lugar adecuado para su eliminación.
Horas hábiles: el que corresponda al tipo de aguas, ciprinícolas o trucheras.
Períodos:
Zonas:
En los tramos descritos quedan incluídos los canales y acequias conectados a dichos tramos.