Conforme al Estatuto de Autonomía de La Rioja, artículo 9º, apartado 2º, corresponde a ésta el desarrollo legislativo y ejecución del régimen minero y energético, en el marco de la legislación básica del Estado y en su caso, en los términos que la misma establezca. En este sentido habrá que tener en cuenta el Real Decreto 1459/1985, de 5 de junio
, de Traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de industria, energía y minas (BOR núm. 101, de 5 de septiembre de 1985), el Real Decreto 1844/2000, de 10 de noviembre
, de Adaptación y ampliación de las funciones y servicios prestados en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 287, de 30 de noviembre de 2000; y el Decreto 11/2001, de 16 de marzo, de asunción de la ampliación y adaptación de las funciones y servicios traspasados por el Real Decreto 1844/2000, de 10 de noviembre, (BOR núm. 34, de 20 de marzo de 2001). Actualmente la ejecución de las competencias mineras a cargo del Gobierno de La Rioja, se ejercen por la Dirección General de Política Territorial, a través del Servicio de Ordenación del Territorio, donde existe un Área de Minas, con dos secciones, de Ordenación Minera y de Seguridad Minera, de conformidad con el Decreto 47/2011, de 6 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo
, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Con el objetivo de facilitar la tramitación de los distintos proyectos, a fecha 26 de marzo de 2009 la Administración Autonómica Minera ha dictado la Circular 1/2009 relativa a la elaboración del Documento Inicial, Documento Ambiental, Proyectos de Explotación, Proyectos de Restauración, Proyectos de Investigación, Proyectos de Establecimientos de Beneficio y Proyectos de Voladura de las Explotaciones Mineras A Cielo Abierto de la Comunidad Autónoma de La Rioja.Asimismo, continúan vigentes la Resolución nº 319/2005 (BOR núm.168, de 22 de diciembre de 2005), mediante la cual se aprueba el modelo oficial del Plan de Labores de las explotaciones de recursos mineros; y la Resolución nº 107/2007
(BOR núm. 85, de 26 de junio de 2007), que aprueba el nuevo modelo de documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva de la Comunidad Autónoma de La Rioja.