Mediante la Resolución de 26 de mayo de 2025 se abre la convocatoria para la solicitud de cursos de formación específica en los ámbitos tecnológico, laboral o productivo de la Formación Profesional del sistema educativo del profesorado en activo que imparte docencia en Formación Profesional en centros públicos en las siguientes modalidades:
- Píldoras colectivas: Organización de cursos de formación e innovación específicos para el profesorado de Formación Profesional en centros educativos públicos de La Rioja.
- Píldoras individuales: Asistencia a actividades de formación e innovación específicas para el profesorado de Formación Profesional convocadas por organismos y entidades formativas externos a la Administración Riojana, tales como cursos, seminarios, congresos o jornadas técnicas, etc.
La organización y la asistencia a estas acciones de formación se financiarán a través del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y son susceptibles de ser cofinanciados por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), en el Marco Financiero Plurianual 2021-2027, dentro de las acciones para la Formación, el Perfeccionamiento y la Movilidad del Profesorado.
Convocatoria
Quién puede solicitarlas:
- La organización de las píldoras colectivas puede solicitarse por profesorado de centros públicos. Es necesario definir un director/coordinador de la acción formativa.
- El profesorado de centros sostenidos con fondos públicos puede participar en píldoras colectivas que se organicen en centros públicos y que estén relacionadas con su familia profesional.
- La participación en las píldoras individuales puede solicitarse por profesorado de centros públicos.
Modalidad:
- Las acciones formativas pueden ser presenciales, semipresenciales o virtuales.
- En el caso de las píldoras colectivas en modalidad semipresencial o virtual, es importante definir la plataforma y procedimientos de comunicación entre el profesorado participante y los ponentes, así como los mecanismos de control para la efectiva realización del curso y la obtención de registros de conexión (equivalente a las actas de asistencia en formación presencial). En cualquiera de los casos, podrán tener una fase de realización de tareas que no podrá superar el 20% de su duración total.
Condiciones para su solicitud:
- Las acciones formativas objeto de esta convocatoria tienen la finalidad de que el profesorado actualice sus competencias en los siguientes ámbitos:
- Aspectos pedagógicos y técnicos vinculados al campo profesional en el que se imparte docencia.
- Desarrollo sostenible y ciudadanía global.
- Digitalización.
- Sostenibilidad de cada sector productivo.
- Plazo máximo de realización hasta el 15 de diciembre de 2025.
- Podrán acogerse a esta convocatoria con carácter retroactivo todas aquellas acciones formativas que se hayan realizado desde el 1 de septiembre de 2024, siempre y cuando cumplan las condiciones de la misma.
- Las acciones formativas tendrán una duración de entre 30 y 50 horas, sin perjuicio de que la Comisión de Valoración pueda aprobar acciones de duraciones distintas, previa justificación razonada del solicitante.
- En el caso de la organización de cursos en centros educativos (píldoras colectivas), el número mínimo de asistentes será de 5 docentes, excepto en aquellas especialidades cuyo número de docentes adscritos en la Comunidad Autónoma de La Rioja imposibilite alcanzar dicha cifra.
Cómo hacer la solicitud:
- Las solicitudes se llevarán a cabo a través de la oficina virtual mediante los siguientes enlaces:
- Píldoras colectivas: se deberá remitir la solicitud, junto con el resto de la documentación a la que hace referencia en la Resolución, a través del procedimiento habilitado en la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja en este enlace.
- Píldoras individuales: se deberá remitir la solicitud, junto con el resto de la documentación a la que hace referencia en la Resolución, a través del procedimiento habilitado en la Oficina Electrónica del Gobierno de La Rioja en este enlace.
- En el siguiente documento se indica la temporalización de los documentos asociados que es necesario cumplimentar durante la realización de los cursos, así como en el siguiente gráfico:

Gastos subvencionables
- Píldoras colectivas:
- Ver detalle en apartado quinto de la Resolución.
- Píldoras individuales:
- Importante: es necesario recabar todos los tickets, recibos y documentos relacionados con los pagos, en las condiciones que se indican, de cara a su justificación.
Pasos a seguir:
- En el gráfico anterior se indican, de forma resumida, los pasos a seguir:
- Solicitud, junto con la documentación asociada.
- Validación y aprobación/denegación.
- Realización de la actividad, recabando la documentación necesaria antes, durante y tras la finalización de la misma.
- Justificación de gastos, memoria final y aportación de documentación.
Certificación de las píldoras colectivas:
- La asistencia será obligatoria, y para obtener el certificado, las faltas de asistencia, independientemente de la causa, no podrán superar el 15 por ciento de la duración total.
- La evaluación la realizará una comisión, integrada, al menos, por el director(a)/coordinador(a) del curso y el director del centro educativo organizador o persona en quien delegue. Esta comisión determinará los asistentes que han superado el curso y se han hecho acreedores a certificación y los que no, especificando en este caso la causa de la evaluación negativa
A efectos informativos, y de difusión, se adjunta un listado de los cursos de formación (píldoras colectivas) organizados en el periodo considerado en la presente resolución:
Título curso |
Familia(s) profesional(es) a la(s) que se dirige el curso |
Duración (h) |
Fecha de cierre de inscripciones |
Datos de contacto para la inscripción |
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