Inscripción de sociedades laborales

Las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada cuyo capital mayoritario sea propiedad del conjunto de los socios trabajadores y que acuerden ser calificadas como “laborales”, deben inscribirse en el Registro de sociedades laborales. La calificación como laboral es previa a la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil. Con la solicitud de inscripción la sociedad debe aportar escritura pública de constitución o del acuerdo modificación de estatutos.

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Consulta sobre las Sociedades Laborales inscritas. Ver( documento "xlsx" )

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