• Asesorar sobre las actuaciones a desarrollar para un correcto cumplimiento de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.
  • Proponer recomendaciones oportunas en materia de Memoria Histórica al resto de Administraciones Públicas u otras entidades públicas o privadas riojanas, con intereses en la materia.
  • Emitir los informes que le sean solicitados, a través de la Presidencia del Consejo.
  • Seguimiento de las actuaciones llevadas a cabo en materia de Memoria Histórica
  • Presentar propuestas de estudio, divulgación e investigación en materia de Memoria Histórica.
  • Aquellas otras funciones de análoga naturaleza que se consideren necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto.