Resolución 2/2023, de 31 de marzo, de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030, por la que se convoca, para el ejercicio 2023, las subvenciones de la Orden IPA/36/2022, de 8 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de producciones audiovisuales de recuperación de la Memoria Democrática.

Puede tramitarse en la oficina electrónica. Consulta los plazos aquí.Este enlace se abrirá en una ventana nueva

Beneficiarios

  1. Podrán solicitar las ayudas objeto de la Orden los profesionales y empresarios que tengan su domicilio fiscal en La Rioja o que desarrollen su actividad en La Rioja y se dediquen a la producción audiovisual.
  2. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas personas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el apartado segundo del artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Producciones a subvencionar

Podrán subvencionarse producciones audiovisuales que aborden la recuperación de la memoria democrática riojana y/o de sus figuras relevantes en el ámbito de la memoria democrática: personas represaliadas, hechos acontecidos en nuestra región, símbolos de memoria, etc.

Las producciones deberán respetar el conjunto de los derechos humanos contemplados en la Declaración Universal de 1948, así como el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de 1966 y en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966.

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes

    El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicacion del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (11 de abril de 2023)

    El plazo comienza el 12 de abril y finaliza el 10 de mayo de 2023, ambos incluidos.

  • Plazo de resolución y notificación
    La notificación de la Resolución de concesión de ayuda, deberá realizarse en el plazo máximo de cuatro meses, computados desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. De no recaer en dicho plazo, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
  • Otros plazos

    El plazo de realización de las actuaciones susceptibles de subvención será el comprendido entre el 1 de noviembre de 2022 y el 15 de noviembre de 2023.

    El plazo para la presentación de la cuenta justificativa finalizará el día 15 de noviembre de 2023