Campaña de la Renta 2025

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Plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

El plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cualquiera que sea su resultado, será el comprendido entre los días 8 de abril y 30 de junio de 2026, ambos inclusive.

Lo dispuesto en este apartado se entenderá sin perjuicio del plazo específicamente establecido en el artículo 13.3 para la domiciliación bancaria del pago de las deudas tributarias resultantes de las mismas, salvo que se opte por domiciliar únicamente el segundo plazo, en cuyo caso la confirmación y presentación podrá realizarse hasta el 30 de junio de 2026.



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Nota: Las deducciones por hipoteca y práctica deportiva siguen vigentes en la Campaña de Renta de 2025



Novedad: Deducción por enfermedad celiaca diagnostica (La Ley 9/2025, de 29/12 de MFA para 2026 crea ex novo, el apartado 20 del art. 32 de la Ley10/2017 con entrada en vigor con efectos retroactivos desde el 01/01/2025).

a) Los contribuyentes podrán aplicar en la cuota íntegra autonómica del impuesto sobre la renta de las personas físicas una deducción de 250 euros por cada persona integrante de su unidad familiar que tenga enfermedad celiaca diagnosticada.

b) A los exclusivos efectos de esta deducción, se consideran personas integrantes de la unidad familiar del contribuyente al propio contribuyente, su cónyuge y aquellas personas que le den derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes o descendientes regulado en la normativa estatal del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

c) Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción por razón de una misma persona, su importe se distribuirá por partes iguales.

d) La condición de enfermedad celiaca deberá acreditarse mediante certificado médico que recoja el diagnóstico definitivo conforme a los criterios reconocidos por la comunidad científica. Dicho certificado deberá ser emitido por médico en activo en el que conste su identificación completa, incluido número de colegiado y especialidad, la fecha de emisión y de diagnóstico.



Consultas tributarias de interés sobre las deducción IRPF en cuota íntegra autonómica


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