residuos sanitarios

Los residuos sanitarios u hospitalarios son aquellos generados en las actividades sanitarias. Buena parte de ellos se encuentran potencialmente contaminados con sustancias o líqidos biológicos, al haber sido utilizados en tramientos clínicos. Este tipo de residuos, de tratamiento especial, proceden de:

  • Hospitales
  • Clínicas y sanatorios de medicina humana
  • Consultas de profesionales independientes
  • Centros de asistencia social
  • Laboratorios de investigación médica
  • Centros de atención primaria
  • Centros de salud
  • Centros de planificación
  • Cualquier otra que tenga relación con la salud humana
  • Centros y servicios veterinarios asistenciales

Clasificación de los residuos sanitarios

Grupo I.- Son los residuos asimilables a los urbanos, no específicos de la actividad propiamente sanitaria, entre los que se incluyen: papel, cartón, envases, residuos de oficinas y restos de comedores, jardines. Se recogen en bolsas de color negro que se pueden depositar en los contenedores de residuos urbanos.

Grupo II.- Lo forman los residuos no peligrosos derivados de la actividad hospitalaria, pero que debido a sus características no requieren de ningún tipo de gestión especial (pañales, restos de curas...). Se recogen en bolsas de color verde y también se incorporarnal flujo general de los residuos urbanos de recogida municipal, depositándose en los contenedores de residuos urbanos.

Grupo III.- Son residuos sanitarios especiales, producidos como resultado de la actividad clínica y que se deben observar medidas de prevención en la gestión, dado que pueden representar un riesgo para la salud laboral y pública. Se clasifican en: infecciosos, anatómicos, sangre y hemoderivados, agujas y material punzante y cortante, vacunas y citostáticos. Su recogida se realiza a través de un gestor autorizado en bolsas de color rojo y contenedores de cierre hermético, trasladánsose para su posterior tratamiento fuera de la Comunidad Autónoma.

Grupo IV.- Lo componen los residuos con normativa específica de gestión: peligrosos no específicos de la actividad propiamente sanitaria (aceites usados, residuos radioactivos...)

Gestión de los residuos sanitarios

  • Grupos I y II: como se establezca en las ordenanzas municipales
  • Grupos III y IV: mediante su entrega a gestor autorizado de residuos

Obligaciones de los productores de residuos sanitarios

  • Estar inscritos en el registro de producción y gestión de residuos.
  • Llevar al día un archivo cronológico de control de los residuos generados y entregados a gestor.
  • Entregar sus residuos de los grupos III y IV a gestores autorizados de residuos.
  • Mantener los residuos almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad.
  • No mezclar ni diluir los residuos con otros residuos, sustancias o materiales.

El tiempo máximo de almacenamiento de los residuos peligrosos (grupo IV) es de 6 meses. El tiempo máximo de almacenamiento de los residuos especiales (grupo III) es de 1 semana.

Ahora bien, siempre que se garantice la protección de la salud y el medio ambiente, el tiempo máximo de almacenamiento de los residuos especiales (grupo III) podrá ampliarse en los siguientes centros:

  • Mutuas, clínicas dentales y residencias de ancianos: 1 mes
  • Clínicas veterinarias, podológicas y centros de estética: 3 meses
  • Resto de actividades sanitarias menores: 6 meses

excepto para el caso de los residuos especiales (grupo III) letra d) Agujas y material punzante y/o cortante, en que podrá ampliarse el tiempo máximo de almacenamiento a 6 meses, en los centros anteriores y en los mismos términos y condiciones.

Normativa


Estadística de recogida de residuos en La Rioja