La memoria consistirá en un análisis detallado de las tareas del puesto de trabajo y de los requisitos, teniendo en cuenta para ello la descripción contenida en el Anexo I de la convocatoria. Será necesario que, del contenido descrito en la memoria relacionada con la experiencia desarrollada por la persona candidata, se pueda extraer la información necesaria para poder ser valorada por la Comisión de Valoración. De tal manera que si existiera deficiencia en la memoria presentada por los aspirantes que imposibilitara a la Comisión de Valoración tener elementos de juicio e información necesarios para poder analizar y valorar la experiencia alegada en algún mérito, este no será valorado, y en consecuencia no obtendría puntuación alguna.