Los titulares de las explotaciones ganaderas (salvo las de vacuno) y de núcleos zoológicos, tienen la obligación de notificar el censo anual antes del 1 de marzo de cada año, según establece el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, que regula el registro general de explotaciones ganaderas.
Esta comunicación se puede realizar desde el 1 de enero a través de la aplicación Gestión Telemática Ganadera o en los servicios veterinarios oficiales de cada comarca, presentando debidamente cumplimentado el estadillo para cada especie ganadera que tenga en la explotación, según el modelo que se puede descargar a continuación para cada especie.
Modelo de declaración de censo anual por especie:
POLLOS DE ENGORDE Y AVES DE RECRÍA
GALLINAS DE SELECCIÓN, DE MULTIPLICACIÓN, INCUBADORA