NOVEDAD. A partir del próximo 1 de noviembre de 2025 la opción de pago presencial adjuntando justificante de pago desaparecerá. A partir de esa fecha solo se permitirá pago telemático a través de la aplicación de registro, mediante dos vías: transferencia o pago con tarjeta.

Instrucciones de pago telemático

Indicar número de cuenta y banco en menú desplegable o de tarjeta con la que se efectuará el cargo.
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Requisitos para efectuar pago telemático:

En el caso de transferencia de cuenta bancaria, el solicitante debe ser titular de una cuenta en alguno de los bancos adheridos a la Pasarela de Pago. Los bancos adheridos son: BANCO DE SANTANDER, BANCO POPULAR, BANCO DE VASCONIA, IBERCAJA, CAIXABANK, CAJA RURAL DE NAVARRA, CAJA RURAL DE SORIA, BANTIERRA.

Para realizar pago telemático el SOLICITANTE debe ser TITULAR de la cuenta y tener saldo.

Tasa Pago Telemático (deducción 10%):

De acuerdo con la Disposición Adiccional Primera de la Ley 7/2014, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2015:

Los sujetos pasivos de las tasas y los obligados al pago de los precios públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que, previa habilitación reglamentaria del correspondiente procedimiento, presenten las declaraciones-liquidaciones y realicen el pago de su importe por medios telemáticos, tendrán derecho a una deducción del 10% sobre el importe de la cuota en aplicación de las tarifas o precios establecidos en cada caso. La deducción no podrá superar en ningún caso el límite de tres euros por cada cuota. Por tanto en el supuesto de pago telemático de la tasa de certificación energética de edificios su importe será de 16,2 euros.