Ayuda para persona con enfermedad celíaca (Tipo de Ayuda: 8).
Descripción y cuantía de la ayuda:
Concepto por el que se concede la ayuda: personas que requieran de productos alimentarios específicos para responder a las necesidades nutricionales particulares de los enfermos celíacos.
Cuantía máxima: 75 € mensuales, a abonar trimestralmente.
Requisitos de participación:
Funcionarios de carrera o laboral fijo de la Administración General, de sus Organismos Autónomos y de la Administración de Justicia, tanto en activo como en situación de excedencia por cuidado de hijo o familiar.
Personal estatutario en activo.
Funcionarios interinos, personal estatutario o laboral temporal que lleven trabajando más de cuatro meses a lo largo del último año, que se encuentren tanto en activo como en situación de excedencia por cuidado de hijo o familiar.
Jubilados de esta Administración, sus viudo/as o sus huérfano/as, que no desarrollen ningún tipo de actividad remunerada.
Los hijos menores de 25 años, cónyuges o parejas de hecho del citado personal, que no hayan obtenido rentas superiores a 2.377,08 € en el año 2020.
Documentación:
Modelo de solicitud I de la Orden: personal funcionario y laboral tanto de la Administración General como de la Administración de Justicia.
Modelo de solicitud II de la Orden: funcionarios, estatutarios en activo y laborales del SERIS.
Anexo correspondiente por cada beneficiario.
El certificado médico del Servicio Público de Salud o de las entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria de los mutualistas (MUFACE, MUGEJU), en el que se haga constar que el beneficiario está afectado por enfermedad celíaca.
Justificación:
La documentación que se debe presentar trimestralmente, a través de la entrega de las facturas del gasto ocasionado hasta el importe máximo establecido, se deberá presentar trimestralmente, de acuerdo con los siguientes plazos:
Primer Trimestre: octubre, noviembre y diciembre, y
Segundo Trimestre: enero, febrero y marzo, hasta el 17 de junio de 2022.
Tercer Trimestre: abril, mayo y junio, hasta el 17 de agosto de 2022.
Cuarto Trimestre: julio, agosto y septiembre, hasta el 17 de octubre de 2022.