Solicitud de tarjeta CAP y certificado de aptitud profesional
Tiene por objeto regular las condiciones para la obtención del certificado de aptitud profesional, acreditativo de la correspondiente cualificación inicial, y de la realización de los cursos de formación continua, necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
Requisitos
Haber superado el examen de cualificación inicial o bien haber realizado el curso de formación continua, e ingresar el importe de la tasa correspondiente:
- A quienes superen el examen de cualificacion inicial, el órgano competente reconocerá el cumplimiento del requisito de cualificación inicial y éstos podrán solicitar la expedición a su favor del Certificado de Aptitud Profesional, anotando dicha expedición en el correspondiente registro. Junto al certificado, se podrá solicitar también la tarjeta de cualificación, con un periodo de vigencia máximo de 5 años.
- Una vez que un conductor acredite haber superado un curso completo de formación continua, el órgano competente, previa comprobación de que su permiso de conducción se encuentra vigente, le expedirá una nueva tarjeta de cualificación.
Documentación
Solicitud
La solicitud y documentación debe presentarse de forma electrónica, desde el botón TRAMITAR. Deberá aportar el justificante de ingreso de la tasa.
- Solicitud tarjeta CAP (104 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de forma electrónica desde el botón TRAMITAR
Téngase en cuenta que el artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para los titulares o solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la citada Ley.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Procedimiento no sujeto a un plazo específico de solicitud.
Tasas
Número de cuenta: ES5821006196361300281235Concepto: En el justificante de ingreso de la tasa se indicará nombre y apellidos del solicitante, así como la especificación: "Tarjeta CAP" o bien "Certificado CAP" según sea el caso.
IMPORTE DE LA TASA
Tarjeta CAP: 22,55 €
Certificado CAP: 30,45 €
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Rosa María Moure Hernández
- Teresa Ruiz Cantabrana
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación
- Órgano competente: Dirección General de Infraestructuras
- Unidad tramitadora: Servicio de Transportes
- Cargo que resuelve: Director/a
Normativa
Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicableRecurso que procede:
Alzada
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: