Gobierno de La Rioja

Ayudas Sociales y al Estudio curso académico 2023/2024. Personal de Administración General.

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Ayudas sociales y al estudio gestionadas por la Dirección General de Función Pública

Requisitos

Beneficiarios

  1. El personal funcionario de carrera, estatutario y laboral fijo de la Administración General, de sus Organismos Autónomos y de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que estén en servicio activo en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de convocatoria.
  2. El personal funcionario interino, estatutario y laboral no fijo de la Administración General, de sus Organismos Autónomos y de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que estén en servicio activo en el momento de presentar la solicitud y acrediten cuatro meses de prestación de servicios durante los doce meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las ayudas renovables trimestralmente, se percibirán únicamente hasta el mes en que se produzca la baja o cese, éste incluido. En el caso de contratos de interinidad por vacante de plazas fijas-discontinuas, se aplicarán criterios similares referidos a la duración de la campaña.
  3. El personal jubilado o  con incapacidad permanente de esta Administración, las personas huérfanas y viudas del personal empleado público, que no desarrollen ningún tipo de actividad remunerada, salvo que padezcan una discapacidad en grado igual o superior al 33%.
  4. Los hijos e hijas del personal empleado público, menores de 25 años, o mayores de dicha edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y dependan económicamente de sus padres, madres o familiares, que no hayan obtenido rentas superiores a 2.482,42 euros en el año 2022.
  5. Los cónyuges o parejas de hecho del citado personal, que no hayan obtenido rentas superiores a las reflejadas en el punto anterior. En el caso de que el cónyuge o pareja de hecho sea personal de la Administración General, organismos autónomos dependientes de ésta o de la Administración de Justicia, no le será de aplicación el límite de renta señalado.
  6. El personal empleado público en situación de excedencia por cuidado de familiares.

Tipos de Ayuda

Consulte las ayudas y documentación en el apartado Acción Social de la web del empleado público.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma telemática desde el botón Tramitar

Excepcionalmente presentación en papel para el personal jubilado, personas huérfanas, viudas, y personal en excedencia por cuidado de familiares a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes: del 3 al 23 de abril de 2024, ambos incluidos

Sin perjuicio de los supuestos regulados en los términos de los artículos 9.2 y 14.2 de la orden, en los siguientes casos:

  • Ayuda por excedencia por cuidado de familiar.
  • Ayuda por discapacidad para aquellos beneficiarios de la presente Orden que durante la vigencia de la misma se encuentren tramitando un expediente para el reconocimiento de grado de minusvalía.

Plazo de resolución y notificación

Dentro del plazo de dos meses a partir de la fecha en que finalice la presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública y la Gerencia del Servicio Riojano de Salud, previo informe de la Comisión de Acción Social, harán pública en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja y a través de la sede electrónica (www.larioja.org/empleados/es?locale=es%20ES y www.riojasalud.es), la relación provisional de admitidos y excluidos a las ayudas sociales y al estudio para el curso académico 2023/2024 de la presente Orden.

Se concederá un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en los lugares señalados con anterioridad, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones provisionales de admitidos y excluidos.

A la vista de las alegaciones y documentos presentados, y previo informe de la Comisión de Acción Social, el Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno y la Presidenta del Servicio Riojano de Salud dictarán Resolución definitiva en el plazo de un mes a partir de la relación provisional.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Javier Ezquerro Ezquerro
  • Carmen Benito Ochoa
  • Marian Ortiz Azpiroz
  • Yolanda Castillo Estebas
  • Paula Ortega Ortega
  • Lucía Tormo Domínguez
  • Sara Urdiales Peso

 

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden HGS/16/2024, de 26 de marzo, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases y se inicia el procedimiento para la concesión de ayudas sociales y al estudio para el curso académico 2023/2024.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

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