Gobierno de La Rioja

Certificados de profesionalidad: solicitud de acreditación de unidades de competencia (acreditación parcial acumulable)

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Si se han completado sólo parte de los módulos que conforman un certificado, se puede solicitar la expedición de un certificado de acreditaciones parciales acumulables.

Requisitos

Haber realizado con resultado positivo una o varias acciones formativas que respondan a contenidos de algún certificado de profesionalidad. Es necesario que el centro esté acreditado para impartirlos y que los cursos reúnan todos los requisitos para dar lugar a la obtención directa del certificado de profesionalidad.

Se puede solicitar la expedición de un certificado de profesionalidad o de acreditaciones parciales acumulables, dependiendo de si se han completado todos o sólo parte de los módulos que conforman dicho certificado. Si usted ha completado todos los módulos, puede solicitar el CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Hay que presentar los documentos que se indican a continuación en cualquier registro administrativo, dirigiéndolos al Departamento de Cualificaciones de La Rioja:

  1. La solicitud cumplimentada de la acreditación parcial acumulable (si no se ha completado todo el certificado de profesionalidad).
  2. Los documentos que acreditan el derecho a su expedición:
    • Diploma del curso expedido por el Gobierno de La Rioja.
  3. Si es un ciudadano de otra nacionalidad distinta a la española: fotocopia del NIE

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

  • La Oficina de Registro del órgano competente (Departamento de Cualificaciones de La Rioja)
  • Oficinas de registro

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

La solicitud de expedición de acreditación de unidades de competencia (acreditaciones parciales acumulables) podrá formularse en cualquier momento ante el Departamento de Cualificaciones de La Rioja.

Plazo de resolución y notificación

Seis meses desde la fecha de solicitud.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Organismo competente

  • Sección de cualificaciones profesionales: 941 294 205

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y sus modificaciones.

Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.

Reales Decretos por los que se establecen los distintos certificados de profesionalidad.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

Recurso de reposición, potestativamente, ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes. O, a través de la vía jurisdiccional, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses.

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