Gobierno de La Rioja

Solicitud del Libro de Subcontratación

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Cada contratista, con carácter previo a la subcontratación con un subcontratista o trabajador Autónomo de toda o parte de la obra que tenga contratada, deberá obtener un Libro de Subcontratación habilitado. En dicho libro debe reflejar, por orden cronológico desde el comienzo de los trabajos, todas y cada una de las subcontrataciones realizadas en la obra con empresas subcontratistas y trabajadores autónomos. 

Requisitos

El Libro de Subcontratación será habilitado por la autoridad laboral correspondiente al territorio en que se ejecute la obra. La habilitación consistirá en la verificación de que el Libro reúne los requisitos establecidos.

En el caso de que un contratista necesite la habilitación de un segundo Libro para una misma obra de construcción, deberá presentar a la autoridad laboral el Libro anterior para justificar el agotamiento de sus hojas o su deterioro. En los casos en que haya sido requerida la aportación del Libro a un proceso judicial, se solicitará a la autoridad laboral la habilitación de una copia legalizada del mismo con carácter previo a la remisión del original al órgano jurisdiccional.

En caso de pérdida o destrucción del Libro anterior u otra circunstancia similar, tal hecho se justificará mediante declaración escrita del empresario o de su representante legal comprensiva de la no presentación y pruebas de que disponga, haciéndose constar dicha circunstancia en la diligencia de habilitación; posteriormente el contratista reproducirá en el nuevo Libro las anotaciones efectuadas en el anterior.

Respecto del Libro de Subcontratación, el contratista deberá:

  • Tenerlo presente en la obra.
  • Mantenerlo actualizado.
  • Permitir el acceso al Libro a:
    • Promotor, a la dirección facultativa y al coordinador en seguridad y salud durante la ejecución de la obra.
    • Empresas y trabajadores autónomos de la obra
    • Técnicos de prevención
    • Delegados de prevención y representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la obra.
    • Autoridad Laboral.
  • Conservarlo durante los cinco años posteriores a la finalización de su participación en la obra.

Documentación

Tramitación

No requiere aportación de documentación.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón "Tramitar"

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Con carácter previo a la subcontratación

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción .

Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

Más información

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