Gobierno de La Rioja

Preinscripción en las pruebas de acceso a Enseñanzas Profesionales de Música

Plazo: En plazo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Preinscripción de alumnos a las pruebas de acceso de los Centros que imparten Enseñanzas Profesionales de Música.

Requisitos

Prueba específica de acceso al primer curso de las enseñanzas profesionales

  • Se realizará en la segunda quincena del mes de junio y será convocada con antelación suficiente, indicándose en la convocatoria las fechas de celebración y el tipo de ejercicios a realizar, así como la relación de obras (de carácter orientativo) a fin de orientar a los candidatos en su preparación. Todas las pruebas de carácter práctico quedarán registradas en un soporte que permita su posterior reproducción.
  • El objetivo de esta prueba específica es:
    • Verificar la posesión de aptitudes y conocimientos para cursar con aprovechamiento las enseñanzas profesionales de música en la especialidad a la que se opta.
    • Valorar la madurez para iniciar los estudios de las enseñanzas profesionales de música.
  • Podrán participar en esta prueba, exclusivamente aquellos aspirantes que previamente hayan presentado solicitud de admisión, sin distinción entre los que hayan cursado o no las enseñanzas elementales de música y pertenezcan o no al centro convocante.

Pruebas de acceso a otros cursos de las enseñanzas profesionales

  • Los Conservatorios podrán efectuar pruebas de acceso a otros cursos de las enseñanzas profesionales de música, sin que se requiera haber cursado las anteriores, siempre que existan solicitudes dentro del plazo de admisión.
  • Las pruebas se celebrarán en la segunda quincena del mes de junio, y será convocada con antelación suficiente, indicándose en la convocatoria las fechas de celebración, el tipo de ejercicios a realizar, y la relación de obras de carácter orientativo para facilitar a los candidatos su preparación. Todas las pruebas de carácter práctico quedarán registradas en un soporte que permita su posterior reproducción.
  • La matriculación se realizará en septiembre, quedando supeditada a la existencia de vacantes de la especialidad a la que se opte.
  • El objetivo de la prueba específica es:
    • Verificar la posesión de aptitudes y conocimientos para cursar con aprovechamiento las enseñanzas profesionales de música en la especialidad a la que se opta.
    • Valorar la madurez para incorporarse a los estudios de las enseñanzas profesionales de música.
  • Podrán participar en esta prueba, exclusivamente aquellos aspirantes que previamente hayan presentado solicitud de admisión, sin distinción entre los que hayan cursado algunas de las enseñanzas profesionales de música y pertenezcan o no al centro convocante.

Condiciones generales de admisión

  1. La admisión del alumnado para cursar las enseñanzas profesionales de música no tendrá más limitaciones que las derivadas de las condiciones académicas y, en su caso, de la superación de la prueba específica de acceso para iniciar estas enseñanzas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 7 y 10 de la Orden reguladora.
  2. Cuando el número de solicitudes sea inferior al de vacantes, serán admitidos todos los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente. Cuando el número de puestos escolares ofertados sea inferior al número de solicitudes de acceso, se actuará de acuerdo con la regulación que, sobre los procesos de admisión de estas enseñanzas, se establece en la Orden reguladora.
  3. El acceso a los Conservatorios de música requerirá proceso de admisión en los siguientes supuestos:
    • Alumnos que acceden al primer curso de las enseñanzas profesionales de música.
    • Alumnos que acceden por primera vez al centro para cursar cualquier curso, excepto los contemplados en el apartado 4.c del artículo 2 de la orden reguladora.
    • Alumnos que vayan a cursar una especialidad instrumental distinta de aquella por la que accedieron.
    • Alumnos que reingresan al centro una vez transcurridos dos o más cursos desde que abandonaran sus estudios.
  4. No se someterán al proceso de admisión los alumnos que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
    • Los alumnos oficiales que pasan al curso siguiente, sin cambiar de centro y grado ni especialidad.
    • Los alumnos oficiales que repiten curso en el mismo centro.
    • Los alumnos que han solicitado traslado de matrícula oficial en los términos que se contempla en el artículo 19 de la Orden reguladora.
    • Los alumnos que hayan sido autorizados, de forma excepcional, para cursar una segunda especialidad instrumental.

Documentación

Solicitud

Sólo se podrá presentar una solicitud por centro.Si se ha presentado una solicitud en un conservatorio y después se desea presentar otra en otro distinto, será necesario renunciar previa y expresamente a la primera solicitud.

La solicitud deberá ir acompañada de:

  • Para alumnos de nuevo ingreso: documento justificativo de la edad (libro de familia, dni, tarjeta de residencia o pasaporte).
  • Para acreditar la condición de familia numerosa: libro de familia numerosa actualizado.
  • Para funcionarios docentes: declaración responsable (ver modelo en la pestaña "Impresos").
  • La documentación académica que, en su caso, proceda. Al cumplimentar la solicitud, se harán constar los datos personales y académicos del solicitante que se demandan en los modelos de solicitud.
  • Justificante de ingreso de tasas (ver pestaña "Impresos").
  • Todos los alumnos, tanto si se presentan a primero como si lo hacen a otros cursos, deberán presentar el día del examen el repertorio de obras a interpretar.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Del 10 de mayo al 20 de mayo de 2024, ambos inclusive.

Otros plazos

Fechas de las pruebas

Se deberán consultar las fechas establecidas por cada Conservatorio.

Tasas

ORDINARIA: 40,92 € / FAMILIA NUMEROSA (C. General): 20,46€ / FAMILIA NUMEROSA (C. Especial): 0€

Ingreso a favor: CONSERVATORIO PROFESIONAL DE MÚSICA ELISEO PINEDO

Número de cuenta: ES7921006196361300584564

Concepto: Pago de Tasas de las Pruebas de Acceso + Nombre y Apellidos del aspirante.


Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Conservatorio Profesional de Música Eliseo Pinedo

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden 18/2007, de 7 de mayo, por el que se desarrolla el proceso de admisión y matriculación de alumnos en centros que imparten enseñanzas profesionales de música sostenidas con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Más información

Otros Impresos

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Otros enlaces:

Conservatorio Profesional de Música Eliseo Pinedo

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