Gobierno de La Rioja

Registro de establecimientos y servicios biocidas de La Rioja

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Tanto los locales y establecimientos donde se fabrican y/o formulan biocidas como los que almacenan y/o comercializan biocidas para uso profesional, así como los servicios de aplicación de estos productos, deben estar registrados en el Registro de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Rioja.

Requisitos

El Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de La Rioja se constituye como público y habilitante.

La inscripción es preceptiva y debe ser previa al inicio del desempeño de la actividad de que se trate.

Inicio del procedimiento de inscripcion

  • El procedimiento de inscripción en el registro se iniciará mediante la solicitud del titular o representante legal de la empresa, dirigida al director general competente en materia de salud pública.

Inscripcion y efectos

  1. El Registro se extenderá en su ámbito de aplicación exclusivamente a los establecimientos e instalaciones ubicadas en La Rioja, así como a los servicios biocidas cuyas personas físicas o jurídicas titulares de los mismos tengan su domicilio social o el de alguna delegación ubicada en dicho ámbito territorial y realicen alguna de las actividades de fabricación, envasado, almacenamiento, comercialización y realización de servicios de aplicación.
  2. La inscripción es preceptiva y debe ser previa al inicio del desempeño de la actividad de que se trate. Los establecimientos y servicios biocidas de La Rioja no inscritos en el Registro Oficial se reputarán clandestinos.
  3. El Registro estará adscrito a la Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados de la Consejería de Salud.
  4. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, la inscripción de una entidad de servicios en el Registro de una Comunidad Autónoma será válida para trabajar en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentación

Solicitud

La solicitud de inscripción se cumplimentará según el modelo oficial que figura en el anexo I del Decreto 14/2013, de 5 de abril, acompañada de la siguiente documentación:

  1. Memoria técnica descriptiva de la actividad a realizar
  2. Planos de las instalaciones (en caso de fabricación, envasado, almacenamiento e instalaciones fijas de tratamiento)
  3. Acreditación de la capacitación del personal aplicador (en caso de servicios Biocidas)
  4. Acreditación de la capacitación del responsable técnico (en caso de Servicios Biocidas)
  5. Solicitud de apertura de libro oficial de movimientos.

 

Si el trámite se hace de forma presencial

Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.

El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

Si se hace de manera electrónica

Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Procedimiento no sujeto a plazo específico de solicitud.

Plazo de resolución y notificación

Sin perjuicio de la obligación que tiene la Administración de resolver expresamente, se entenderá concedida la inscripción en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de La Rioja si transcurridos seis meses desde la presentación de la solicitud no se ha notificado resolución expresa. El plazo máximo para resolver y notificar quedará suspendido de acuerdo con lo previsto en el artículo 42.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Otros plazos

Efectuada la inscripción en el registro, se dictará la correspondiente resolución con el contenido mínimo fijado en el artículo 8 de la Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre, otorgando el número correspondiente, cuya estructura será la siguiente:

  • número consecutivo de cuatro dígitos otorgado a cada entidad registrada.
  • siglas identificativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • número de tres dígitos en función de la actividad.

Validez de la inscripción

El plazo de validez de la inscripción en el registro será indefinido, salvo que  de oficio, por motivos de salud pública o a solicitud del titular proceda su modificación o cancelación.

Tasas

1.- Fabricación, envasado y almacenamiento 24.72 euros
2.- Comercialización, Servicios biocidas e instalaciones fijas de tratamiento 12.36 euros
3.- Apertura y diligenciado de libros oficiales de movimientos de biocidas 7.43 euros

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Fernando Escorza Muñoz

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Decreto 14/2013, de 5 de abril, por el que se regula la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Recurso que procede:

Alzada

Observaciones:

Tasas, durante el año 2015:

  • Fabricación, envasado y almacenamiento  24.97€
  • Comercialización, Servicios biocidas e instalaciones fijas de tratamiento  12.48€
  • Apertura y diligenciado de libros oficiales de movimientos de biocidas  7.50€
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