Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021 SE ABRE EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE CARNÉ DE TRANSPORTE DE ESTUDIANTES PARA EL CURSO 2021/2022, FINALIZANDO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021
AQUELLOS ESTUDIANTES QUE OBTUVIERON SU CARNÉ EL AÑO PASADO (CURSO 2020/2021) NO HACE FALTA QUE LO SOLICITEN DE NUEVO, YA QUE LES SIRVE TAMBIÉN PARA EL CURSO 2021/2022
Permite viajar a los estudiantes por 50 céntimos el trayecto para asistir desde su localidad de residencia hasta la de su centro de estudios, siempre que el origen y el destino de dicho desplazamiento se sitúen dentro de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Beneficiarios
Alumnos de enseñanza universitaria, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, Bachillerato, Conservatorio Profesional de Música, Escuela Oficial de Idiomas y Centros de Educación Especial que tengan residencia en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Los alumnos que posean el carné de transporte, podrán realizar un viaje de ida y/o vuelta diario o semanal, desde la localidad de residencia a la población del centro de estudios, siempre que ambas se encuentren ubicadas en La Rioja, en los días que se indiquen en el carné, pudiendo realizar dichos viajes en cualquiera de los servicios diarios que la empresa concesionaria tenga establecidos. Por dichos servicios las empresas cobrarán 50 CÉNTIMOS POR VIAJE.
Vigencia
El carné tendrá validez para los días lectivos del curso 2021-2022 y 2022-2023. Estos días son:
- Curso 2021-2022: Desde el 13 de septiembre de 2021 hasta el 15 de julio de 2022.
- Curso 2022-2023: La validez se fijará en la convocatoria del año 2022.
Requisitos
A los efectos de la letra c) se entiende por ingresos la suma de las casillas -Parte General de la Base Imponible- y -Base Imponible del Ahorro- sobre el Modelo de Declaración de IRPF, debiendo computarse los ingresos correspondientes a los miembros de la unidad familiar que la compongan (suma de bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar que realicen declaración de IRPF).
Tabla informativa de la cuantía que no deben exceder los ingresos totales de la unidad familiar según el número de miembros que la componen:
Nº de miembros | Ingresos máximos |
1 | 11.862,90 |
2 | 23.725,80 |
3 | 35.588,70 |
4 | 47.451,60 |
5 | 59.314,50 |
6 | 71.177,40 |
Son miembros computables de la unidad familiar: el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, los hermanos solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.
En caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres, no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante del carné, sin perjuicio de que en la renta familiar se incluya su contribución económica. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.
Se entiende por personas con discapacidad las referidas en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Documentación
El impreso de solicitud podrá descargarse desde esta misma página, y deberá estar cumplimentado y debidamente firmado.
IMPORTANTE: La solicitud deberá ir acompañada de la autorización firmada por todas las personas que componen la unidad familiar para que la Consejería competente en materia de transportes recabe y cruce los datos necesarios con otros registros para la concesión del carné. Esta autorización está incluida en el modelo de solicitud.
Para ello, es importante:
Que cada miembro de la unidad familiar firme en el reverso de la solicitud.
Que cada miembro de la unidad familiar marque expresamente la opción AUTORIZO a pedir datos de rentas y pensiones (excepto los que tengan reconocida la condición de familia numerosa).
Que cada miembro deje sin marcar la casilla ME OPONGO en el resto de las opciones para que se puedan recabar los datos necesarios a otras administraciones.
Junto con la solicitud, deberá aportarse la siguiente documentación:
Documentación a aportar en el supuesto de OPONERSE o NO AUTORIZAR a recabar datos de otros registros:
Entrega del carné:
La Dirección General competente en materia de Transportes estudiará las solicitudes presentadas y comunicará a los alumnos que se les ha concedido el carné. En el momento de recoger el carné, el alumno deberá aportar el resguardo de ingreso de 6,01 en el C.C.C. 2038.7494.80.6000169403, de BANKIA (Cuenta restringida de la Comunidad Autónoma de La Rioja, gestionada po la Dirección General de Infraestructuras), indicando nombre y apellidos, así como la siguiente especificación: Carné de estudiante.
En el impreso de solicitud el alumno indicará el lugar de recogida del carné, pudiendo elegir entre el Servicio de Transportes (c/ Marqués de Murrieta, 76 de Logroño), o su centro de estudios (esta opción será la de la Oficina del Estudiante para los alumnos de la Universidad de La Rioja).
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de las siguientes formas:
En el Centro Docente:
- Los alumnos de enseñanzas NO UNIVERSITARIAS entregarán preferentemente a la Dirección del Centro Docente donde cursen estudios, la solicitud del carné de transporte junto con el resto de la documentación. La Dirección del Centro remitirá la documentación a la Dirección General competente en materia de transportes, junto con una relación donde consten las solicitudes enviadas, teniendo este documento la consideración de certificado expedido por el centro de estudios a efectos de acreditar que el solicitante se encuentra matriculado en el centro y cursa estudios de los amparados por la presente Orden.
-Los alumnos de la Universidad de La Rioja podrán presentar la solicitud a través del Registro de la citada Universidad (más información en la Oficina del Estudiante)
De forma electrónica desde el botón TRAMITAR, y seguidamente en "Solicitud". En el supuesto de desear aportar documentación complementaria a un expediente que previamente se haya presentado por esta misma vía, deberá hacerlo a través del botón TRAMITAR y seguidamente pinchar "Consulte el estado de su expediente y realice otras gestiones si lo desea: aportar justificantes, documentación requerida etc" , seleccionando el expediente que se desee completar.
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Del 2 de septiembre al 31 diciembre de 2021
Más información
Orden 2/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas por la que se determina el procedimiento para la obtención del carné de transporte a los estudiantes y se establecen las bases para la concesión de subvenciones como compensación a las reducciones tarifarias que se establecen a los mismos.
Extracto de la convocatoria 2021
Resolución 997/2021, de 7 de agosto, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se convoca para el curso lectivo 2021-2022 el carné de transporte y la subvención regulados en la Orden 2/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas por la que se determina el procedimiento para la obtención del carné de transporte a los estudiantes y se establecen las bases para la concesión de subvenciones como compensación a las reducciones tarifarias que se establecen a los mismos (Texto íntegro)
Contra la resolución por la que se deniegue el carné de transporte podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES5821006196361300281235
Concepto: Carné de estudiante y Nombre y Apellidos del alumno. IMPORTANTE: El abono de la tasa se realizará una vez comunicado que se ha concedido el carné al alumno y será requisito para poder recogerlo.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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