Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Permite una reducción del 50% en el coste del desplazamiento de los estudiantes para asistir a su centro de estudios, siempre que el origen y el destino de dicho desplazamiento se sitúen dentro de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
PUBLICADA la convocatoria para el curso 2017-2018: Plazo de presentación de solicitudes hasta el 10 de noviembre de 2017 inclusive.
Aquellas solicitudes que fueron presentadas fuera del plazo anterior (13 de octubre) serán admitidas y tramitadas sin necesidad de presentar una nueva instancia.
Requisitos
Beneficiarios
Alumnos de enseñanza universitaria, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, Bachillerato, Conservatorio Profesional de Música, Escuela Oficial de Idiomas y Centros de Educación Especial que tengan residencia en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Vigencia
Los carnés tendrán validez los días lectivos desde el 15 de septiembre de 2017 hasta el 29 de junio de 2018.
Requisitos
A los efectos de la letra c) se entiende por ingresos la suma de las casillas -Parte General de la Base Imponible- y -Base Imponible del Ahorro- sobre el Modelo de Declaración de IRPF, debiendo computarse los ingresos correspondientes a los miembros de la unidad familiar que la compongan (suma de bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar que realicen declaración de IRPF).
Son miembros computables de la unidad familiar: el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, los hermanos solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente. Estos últimos además deberán acreditar fotocopia del certificado de la pensión percibida en dicho ejercicio, la cual se incluirá en los ingresos totales de la unidad familiar.
En caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres, no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante del carné, sin perjuicio de que en la renta familiar se incluya su contribución económica. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.
Se entiende por personas con discapacidad las referidas en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Documentación
La solicitud debera ir acompañada de la autorización de todas las personas que componen la unidad familiar para que la Consejería competente en materia de transportes recabe y cruce los datos necesarios para la concesión del carné. Esta autorización está incluida en el modelo de solicitud. Además, deberán aportar la siguiente documentación:
Documentación de la situación económica
Excepcionalmente, en el supuesto de que se produjese una situación de deterioro económico motivada por circunstancias sobrevenidas, tales como jubilación, viudedad, separación, orfandad, desempleo u otras similares, deberá acreditarse documentalmente la nueva circunstancia, así como la situación económica actual de la unidad familiar. Estas nuevas situaciones se tendrán en cuenta siempre que se haya justificado debidamente la situación económica del ejercicio económico exigido en la convocatoria.
Documentación de la situación familiar
Resto de documentación
Entrega del carné:
La Dirección General competente en materia de Transportes estudiará las solicitudes presentadas y comunicará a los alumnos que se les ha concedido el carné. En el momento de recoger el carné, el alumno deberá aportar el resguardo de ingreso de 6,01 en el número de cuenta de Bankia ES31 2038 7494 80 6000169403 indicando nombre y apellidos, así como la siguiente especificación: Carné de estudiante.
Los alumnos de enseñanzas no universitarias recogerán el carné en el centro docente donde estén matriculados.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
En el Centro Docente: Los alumnos de enseñanzas NO UNIVERSITARIAS entregarán preferentemente a la Dirección del Centro Docente donde cursen estudios, la solicitud del carné de transporte junto con el resto de la documentación. La Dirección del Centro remitirá la documentación a la Dirección General competente en materia de transportes, junto con una relación donde consten las solicitudes enviadas, teniendo este documento la consideración de certificado expedido por el centro de estudios a efectos de acreditar que el solicitante se encuentra matriculado en el centro y cursa estudios de los amparados por la presente Orden.
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes es desde el 2 de septiembre hasta el 10 de noviembre de 2017.
Fin de plazo: 10 de noviembre de 2017.
Plazo de vigencia del carné
Los días lectivos comprendidos entre el 15 de septiembre de 2017 y el 29 de junio de 2018.
Más información
Orden 2/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas por la que se determina el procedimiento para la obtención del carné de transporte a los estudiantes y se establecen las bases para la concesión de subvenciones como compensación a las reducciones tarifarias que se establecen a los mismos. (Actualizada con la modificación publicada en el BOR de 24 de agosto de 2016)
Extracto de la convocatoria 2017
Resolución, Convocatoria 2016 (texto íntegro)
Contra la resolución por la que se deniegue el carné de transporte podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Política Territorial en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES3120387494806000169403
Concepto: Carné de estudiante y Nombre y Apellidos del alumno. IMPORTANTE: El abono de la tasa se realizará una vez comunicado que se ha concedido el carné al alumno y será requisito para poder recogerlo.
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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