Notificación sobre concurrencia de condiciones que no hacen necesario recurrir a la auditoria del sistema de prevención en la empresa
Están obligadas a realizar esta notificación las empresas que cumplan los requisitos que se determinen. La prevención de los riesgos laborales es una actividad integrada en el conjunto de actuaciones de la empresa y en todos los niveles jerárquicos de la misma.
Requisitos
Están obligadas a realizar esta notificación las empresas que reúnan los siguientes requisitos:
- Empresas de hasta 50 trabajadores.
- En las que el empresario hubiera asumido personalmente las funciones de prevención o hubiera designado a uno o más trabajadores para llevar a cabo dichas funciones.
- Y en las que la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin necesidad de recurrir a una auditoría por el limitado número de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas.
Documentación
Solicitud
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
No sujeto a plazo específico.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
- Órgano competente: Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización
- Unidad tramitadora: Servicio de Diálogo Social, Relaciones Laborales y Economía Social
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tieneUtilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: