Gobierno de La Rioja

Solicitud de alta de Entidades Habilitadas en el Registro de Entidades Habilitadas de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado Electrónico con clave concertada


Solicitud de alta de Entidades Habilitadas en el Registro de Entidades Habilitadas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Requisitos

Para que una Entidad -distinta a una Entidad de Asosoramiento- pueda tener acceso a la información y cumplimentación del REA y CUE de la administración de un titular de explotación agraria y/o puedan intercambiar, a través del INTERFAZ ÚNICO, información de REA y CUE para la gestión de un CUE comercial, es requisito que dichas Entidades están habilitadas por la Administración, para lo cuál tienen que solicitar el alta en el Registro de Entidades Habilitadas de la Comunidad Autónoma de La Rioja a través de este procedimiento.

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Documentos a presentar una única vez

  • Solicitud.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará:

De forma electrónica desde el botón Tramitar (en la parte superior de esta misma página).

 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo abierto durante todo el año.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Rosa San José Nafarrate
  • Amaya González González-Cuevas
  • Ana San Bruno Aguirrebeña
  • José Sancha Lerena

 

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.

Orden APA/204/2023, de 28 de febrero, por la que se establece y regula el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas y del Cuaderno digital de explotación agrícola y la cronología de incorporación de fuentes de información en el Sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria.

Resolución de 25 de mayo de 2023, de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se establecen detalles técnicos sobre el sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria, así como del registro autonómico de explotaciones agrícolas y el cuaderno digital de explotación agrícola.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Observaciones:

Más información: Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias (REA) y Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE)

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