ENERGÍA: Autoconsumo de energía eléctrica. Registro administrativo de instalaciones de generación de autoconsumo.
Autoconsumo de energía eléctrica. Registro administrativo de instalaciones de generación de autoconsumo.
Requisitos
- Según indicaciones del documento de INSTRUCCIONES para la tramitación de la pestaña "Documentación".
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Solicitud para: (según las modalidades, tensión de conexión a red y potencia)
- Autorización Administrativa Previa y de Construcción.
- Autorización de explotación.
- Registro de instalación y puesta en servicio.
Las instalaciones electrotécnicas de Baja Tensión existentes registradas en el Servicio de Industria y Comercio, que hayan sido modificadas para acoplar la instalación de generación de energía eléctrica deben ser legalizadas en el siguiente enlace:
https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24196
- Instrucciones tramitación BT-A rev5 (499.9 kb)
- AUTee rev19 Solicitud autoconsumo (144 kb)
- BT-A1 rev12 Certificado Instalación Conectada (101 kb)
- CNMC- E Proceso A1 Rioja, rev.4 (109.5 kb)
- Ayuda Excel RADNE (311 kb)
- Registro para Ministerio (RADNE) (223.5 kb)
- Tabla INE códigos de municipio y unidad poblacional (119 kb)
- BT-A2 rev5 Certificado Instalación Aislada (96.5 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas.
Además, el Real Decreto 244/2019, en su artículo 19. Registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica, establece que el mismo será telemático sin establecer distinciones entre personas físicas o personas jurídicas.
Téngase en cuenta que los impresos para tramitación se obtienen en el Servicio de Transición Energética perteneciente a la nueva Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, totalmente diferentes de los correspondientes al Servicio de Industria (Consejería de Desarrollo Autonómico)
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Abierto todo el año
Plazo de resolución y notificación
Para la autorización administrativa: 6 meses.Este plazo podrá suspenderse cuando se precisen condicionados técnicos e informes preceptivos para la tramitación a emitir por otros organismos y empresas de servicios.
Para la inscripción de puesta en servicio de la instalación: 1 mes
Otros plazos
- Para la remisión de los datos a la empresa distribuidora indicada deberá aportar la información prevista en formulario A! aprobado por la CNMC. Comprobados los datos correctos comenzará el plazo para su remisión.
- Para la remisión de los datos a la DGPEyM del Ministerio de Transición Ecológica se deberá aportar la información prevista en el anexo II del Real Decreto 244/2019. Comprobados los datos correctos comenzará el plazo para su remisión.
Tasas
TASA DE INDUSTRIA
Número de cuenta: ES2621006196311300806826Concepto: INSTALACION AUTOCONSUMO INDICANDO TITULAR Y DIRECCIÓN INSTALACIÓN
Importe: 57,25 € Pagar
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Energía y Transición Energética.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
- Órgano competente: Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización
- Unidad tramitadora: Servicio de Industria, Comercio y Transición Energética
- Cargo que resuelve: Director General de Empresa, Energías e Internacionalización
Normativa
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Real Decreto Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Decreto 32/1998, de 30 de abril, por el que se establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna.
Ley 6/2017, de 8 de mayo, de Protección del Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Decreto 29/2018, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del Título I "Intervención Administrativa" de la Ley 6/2017 de Protección de Medio Ambiente de La Rioja.
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja
Decreto 18/2019, de 17 de mayo, por el que se aprueba la Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable de La Rioja
Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.
Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.
Ley 2/1991, de 7 de marzo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Alzada
Observaciones:
El contenido de la información recogida en este documento tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales.
Preguntas frecuentes sobre autoconsumo: Enlace a la web del Ministerio para la Transición Ecológica
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: