Gobierno de La Rioja

Subvenciones a Municipios y Entidades Locales Menores para mejora de accesibilidad en espacios de uso público, en el marco del Plan Recuperación, Transformación y Resiliencia, para ejerc. 2022 y 2023, concocatoria extr. 2023 y convoc. adicional 2023

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Convocatoria de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la ejecución de las siguientes actuaciones de mejora de la accesibilidad en espacios de uso público, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

  1. Reserva de plazas de aparcamiento con movilidad reducida.
  2. Señalización especial para personas con discapacidad intelectual o con dificultades de comprensión.
  3. Edificios municipales de uso público: eliminación de barreras arquitectónicas y creación de un itinerario accesible.

Requisitos

Beneficiarios de las subvenciones

  1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de esta orden todos los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y las cuatro Entidades Locales Menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, cuando tengan atribuida competencia en esta materia.
  2. En todo caso, será requisito previo a la concesión de la subvención, que la Entidad Local tenga presentados en la Dirección General competente en materia de régimen local los siguientes documentos, determinados en referencia a la fecha de presentación de la solicitud:
    1. El presupuesto general de la Entidad, del ejercicio en curso. Si la solicitud se presenta antes del día 1 de mayo, este requisito se referirá al presupuesto del ejercicio precedente.
    2. La Liquidación del presupuesto general de la Entidad, del ejercicio anterior. Si la solicitud se presenta antes del día 1 de mayo, este requisito se referirá al presupuesto del penúltimo ejercicio económico vencido.
    3. Copia de las actas de las sesiones celebradas por el Pleno u órgano colegiado superior de la Entidad, cumpliendo la periodicidad mínima exigida legalmente, durante los doce meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
    4. Excepcionalmente, por resolución del Director General con competencia en materia de régimen local, podrá otorgarse la subvención en ausencia de alguno de los documentos señalados en este apartado, cuando se acredite por la Entidad Local la concurrencia de circunstancias objetivas que hayan impedido su cumplimiento.

Destino de las subvenciones

1. Las subvenciones tendrán el carácter de transferencia de capital y deberán destinarse a financiar la ejecución de obras o instalaciones que tengan por objeto la adaptación total o parcial de los edificios públicos existentes a las condiciones de accesibilidad establecidas en la normativa vigente.
En ese marco, serán subvencionables las siguientes actuaciones:

  1. Reserva de plazas de aparcamiento con movilidad reducida.
  2. Señalización especial para personas con discapacidad intelectual o con dificultades de comprensión.
  3. Edificios municipales de uso público: eliminación de barreras arquitectónicas y creación de un itinerario accesible.

Las actuaciones anteriores serán objeto de financiación por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 22, en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, de conformidad con el procedimiento previsto en la disposición adicional primera de la presente Orden (5/2017 de 22 de septiembre)

2. En todos los casos las actuaciones subvencionables deberán ajustarse a la normativa vigente sobre accesibilidad.

 

 

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Junto a la solicitud se presentará la siguiente documentación

  1. Un ejemplar del proyecto técnico necesario para la contratación y ejecución de la obra o instalación. Si por las características de éstas no fuera necesario un proyecto, se presentará una memoria técnica, con la descripción detallada de la actuación a realizar, con planos de situación del entorno urbano a escala 1/1000, y planos de planta, alzados y secciones de la actuación a escala 1/100, y fotografías descriptivas del estado actual del área de actuación. Se incluirá en la memoria el presupuesto de gastos, con desglose de unidades y precios unitarios.
  2. Un certificado expedido por técnico competente, sobre la adecuación de la actuación prevista a los requisitos y criterios establecidos por la normativa en vigor en materia de accesibilidad y en la ordenación urbanística de aplicación en el municipio.
  3. El certificado de aprobación del proyecto por parte del órgano competente y un certificado de disponibilidad de los terrenos en los que se ejecute la actuación.
  4. Un certificado del acuerdo de aprobación del plan de accesibilidad, en el caso de que se disponga del mismo.

Aportación de documentos junto con la solicitud

Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.

 

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Desde el día 10 de mayo de 2023 y hasta el día 26 de junio de 2023

ambos inclusive, para presentar solicitudes relativas a la Resolución 39/2023, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se realiza la convocatoria adicional para el ejercicio 2023, de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en espacios de uso público, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia.

Plazo de resolución y notificación

Si en un plazo de tres meses, contados desde el día en que termine el plazo señalado para presentar las solicitudes, no se hubiera notificado la oportuna Resolución, la Entidad solicitante podrá entender desestimada su petición.

Otros plazos

Plazo de justificación

  • El plazo para justificar la aplicación de las subvenciones correspondientes a la anualidad 2022 y anualidad 2023 termina el día 29 de febrero de 2024, en virtud de Resolución 107/2024, de 9 de febrero, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación (BOR 13/02/2024).
  • El plazo para justificar la aplicación de las subvenciones correspondientes a la anualidad 2023 correspondiente a la convocatoria extraordinaria termina el día 29 de febrero de 2024, en virtud de Resolución 108/2024, de 9 de febrero, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación (BOR 13/02/2024).
  • El plazo para justificar la aplicación de las subvenciones correspondientes a la convocatoria adicional 2023  termina el día 29 de febrero de 2024, en virtud de Resolución 109/2024, de 9 de febrero, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación (BOR 13/02/2024).

 

 

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Maria Yolanda Jubera Sarramian

 

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden 5/2017, de 22 de septiembre, de la Consejería de Fomento y Política Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los Municipios y a las Entidades Locales Menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público, modificada por la Orden SSG/29/2022, de 8 de junio

Resolución 73, de 24 de junio, Resolución de convocatoria 2022-2023 (texto íntegro)

Resolución 73, de 24 de junio, Resolución de convocatoria 2022-2023 (extracto)

Resolución 30, de 29 de marzo, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la cual se amplía hasta el día 31 de octubre de 2023 el plazo de justificación establecido en el apartado 11 de la Resolución 73/2022, de 24 de junio, por la que se realiza la convocatoria para los ejercicios 2022 y 2023,

Resolución 185, de 29 de diciembre, Resolución de convocatoria extraordinaria ejercicio 2023 (extracto)

Resolución 185, de 29 de diciembre, Resolución de convocatoria extraordinaria ejercicio 2023 (texto íntegro)

Resolución 39/2023, de 4 de mayo, Resolución 39/2023, de 4 de mayo, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se realiza la convocatoria adicional de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en espacios de uso público, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia correspondiente al ejercicio 2023 (texto íntegro)

Resolución 39/2023, de 4 de mayo, Resolución 39/2023, de 4 de mayo, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se realiza la convocatoria adicional de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en espacios de uso público, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia correspondiente al ejercicio 2023 (extracto)

Resolución 54/2023, de 7 de junio, Resolución 54/2023, de 7 de junio, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria adicional de subvenciones a los municipios y entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en espacios de uso público en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia correspondiente al ejercicio 2023

Resolución 369/2023, de 18 de octubre, Resolución 369/2023, de 18 de octubre, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, por la cual se amplía hasta el día 15 de febrero de 2024 el plazo para justificar la aplicación de las subvenciones correspondientes a la anualidad 2022 y 2023 en virtud de la convocatoria aprobada por Resolución 73/2022, de 24 de junio.

Resolución 370/2023, de 19 de octubre, Resolución 370/2023, de 19 de octubre, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, por la cual se amplía hasta el día 15 de febrero de 2024 el plazo establecido en el apartado 11 de la Resolución 185/2022, de 29 de diciembre, por la que se realiza la convocatoria extraordinaria para el ejercicio 2023, de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en espacios de uso público, en el marco del Plan de Recuperación. Transformación y Resiliencia

Resolución 371/2023, de 19 de octubre, Resolución 371/2023, de 19 de octubre, de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, por la cual se amplía hasta el día 15 de febrero de 2024 el plazo establecido en el apartado 10 de la Resolución 39/2023, de 4 de mayo, por la que se realiza la convocatoria adicional para el ejercicio 2023, de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en espacios de uso público, en el marco del Plan de Recuperación. Transformación y Resiliencia

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Alzada

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