Gobierno de La Rioja

CIF. Inscripción y puesta en servicio de instalaciones frigoríficas

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Inscripción y puesta en servicio de instalaciones frigoríficas

Requisitos

Consulte el siguiente enlace:

https://www.larioja.org/industria-energia/es/impresos

 Si es Vd. un sujeto obligado a relacionarseelectrónicamente con la Administración, con carácter previo a la tramitación de su solicitud deberá comprobar si está inscrito en el portal de notificaciones electrónicas del Gobierno de La Rioja:

Para darse de alta en dicho portal, acceda al mismo a través del siguiente enlace:

https://www.larioja.org/oficina-electronica/es/notificaciones-electronicas

Junto con la documentación aportada deberá adjuntarse el justificante de pago de la tasa por importe de:

22,90 € para instalaciones frigoríficas de nivel 1

57,25 € para las instalaciones frigoríficas de nivel 2

Documentación

Solicitud, escrito o comunicación

Consulte el siguiente enlace:

https://www.larioja.org/industria-energia/es/impresos

Junto con la presentación de la solicitud deberá aportarse justificante de ingreso de la tasa.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Para descargar los impresos a cumplimentar y aportar junto con su solicitud consulte el siguiente enlace

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

.

Plazo de resolución y notificación

Consulte la normativa aplicable

Tasas

TASA DE INDUSTRIA

Esta tasa de 57,25 € es aplicable a las instalaciones frigoríficas de nivel 2
A las instalaciones frigoríficas de nivel 1 se les aplica una tasa de 22,90 €

Importe: 57,25 € Pagar


Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.

Más información

Otros Impresos

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable

Recurso que procede:

Alzada

Observaciones:

El contenido de la información recogida en este documento tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales.

 

Este procediiento está sujeto a la liquidación de una tasa administrativa.La tasa se devenga en el momento de la solicitud del servicio. El justificante de pago de la tasa debe aportarse junto con la solicitud.

 

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