CIF. Inscripción y puesta en servicio de instalaciones frigoríficas
Inscripción y puesta en servicio de instalaciones frigoríficas
Requisitos
Consulte el siguiente enlace:
https://www.larioja.org/industria-energia/es/impresos
Si es Vd. un sujeto obligado a relacionarseelectrónicamente con la Administración, con carácter previo a la tramitación de su solicitud deberá comprobar si está inscrito en el portal de notificaciones electrónicas del Gobierno de La Rioja:
Para darse de alta en dicho portal, acceda al mismo a través del siguiente enlace:
https://www.larioja.org/oficina-electronica/es/notificaciones-electronicas
Junto con la documentación aportada deberá adjuntarse el justificante de pago de la tasa por importe de:
22,90 € para instalaciones frigoríficas de nivel 1
57,25 € para las instalaciones frigoríficas de nivel 2
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Consulte el siguiente enlace:
https://www.larioja.org/industria-energia/es/impresos
Junto con la presentación de la solicitud deberá aportarse justificante de ingreso de la tasa.
- Solicitud (59.5 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Para descargar los impresos a cumplimentar y aportar junto con su solicitud consulte el siguiente enlace
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
.
Plazo de resolución y notificación
Consulte la normativa aplicableTasas
TASA DE INDUSTRIA
Esta tasa de 57,25 € es aplicable a las instalaciones frigoríficas de nivel 2A las instalaciones frigoríficas de nivel 1 se les aplica una tasa de 22,90 €
Importe: 57,25 € Pagar
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
- Órgano competente: Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización
- Unidad tramitadora: Servicio de Industria, Comercio y Transición Energética
- Cargo que resuelve: Sr./Sra Secretario/a General Técnico/a
Normativa
Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
Más información
Otros Impresos
- Guía de tramitación (85.5 kb)
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicableRecurso que procede:
Alzada
Observaciones:
El contenido de la información recogida en este documento tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales.
Este procediiento está sujeto a la liquidación de una tasa administrativa.La tasa se devenga en el momento de la solicitud del servicio. El justificante de pago de la tasa debe aportarse junto con la solicitud.
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: