Subvenciones contratación desempleados de 30 años o más en obras o servicios de interés general y social. CD8
Contratación de trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general, por parte de las entidades indicadas en el artículo 5 de la Orden reguladora.
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de la subvención las corporaciones locales de La Rioja y sus entidades dependientes o vinculadas, los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, las universidades con sede en La Rioja y otras entidades o instituciones sin ánimo de lucro con sede en La Rioja.
No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados segundo y tercero del artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos de los proyectos subvencionables
Los proyectos que se solicite realizar en colaboración entre la dirección general con competencia en materia de Empleo y las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Que sean de interés general y social, como beneficio para la colectividad.
- Que contribuyan a mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas en cuanto que amplíen sus posibilidades de obtener un empleo mediante la práctica profesional y la formación o experiencia adquirida en el ejercicio del oficio para el que sean contratados.
- Que sean ejecutados directamente por las entidades solicitantes.
- Que el proyecto tenga una duración máxima de seis meses.
- Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de los importes no subvencionados, lo que se acreditará con la correspondiente certificación expedida al efecto por el órgano competente para emitirla.
- En el caso de corporaciones locales, además, el proyecto deberá referirse a una materia sobre la que tenga atribuida una competencia propia o cuyo ejercicio le atribuya la Ley 2/2014, de 3 de junio, de medidas para la garantía y continuidad de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja, o afecte a una competencia que no suponga una ejecución simultánea de un servicio prestado por otra Administración Pública.
En este último caso, deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos fijados por el artículo 7-4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Conceptos subvencionables
Consultar artículo 3 de la Orden reguladora
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Junto con la solicitud se aportará la siguiente documentación:
- Memoria del proyecto, según modelo recogido en el anexo 2.
- Certificado del órgano competente de la entidad solicitante de aprobación de la solicitud de subvención y del proyecto de obra o servicio y de poder para actuar en nombre y representación de la entidad (anexo 3).
- En el caso de entidades sin ánimo de lucro, estatutos de la entidad en los que se acredite la ausencia de ánimo de lucro y la competencia de la entidad para realizar el proyecto, salvo que ya obren en poder de la administración actuante.
- Certificado del órgano competente de la entidad solicitante, acreditativa de la disposición de financiación de aquella parte del proyecto que no subvencione la consejería con competencia en materia de Empleo según lo recogido en el artículo 3 de la presente orden, y la declaración de que no ha percibido ninguna ayuda que pueda concurrir con lo establecido en esta norma, o, en caso de su percepción especificación de las ayudas recibidas y su cuantía, según modelo recogido en el anexo 4.
- Ficha de alta de terceros, salvo que ya obre en poder de la administración autonómica. (Presentación electrónica de la ficha)
Aportación de documentos junto con la solicitud
Genere documentos pdf en su ordenador, fírmelos electrónicamente y, sin necesidad de imprimirlos y escanearlos, apórtelos en el procedimiento.
Si los representantes no tienen firma digital, imprima los documentos, escanéelos firmados de forma hológrafa y adjúntelos a la solicitud y aporte una declaración responsable de la veracidad de los documentos presentados.
- Anexo I_Solicitud (75.7 kb)
- Anexo II_Memoria del proyecto (67.9 kb)
- Anexo III_Certificado de aprobación de solicitud de subvención y de poder de representación (63.8 kb)
- Anexo IV_Certificado de la obligación reconocida de financiación y declaración de otras ayudas (71.9 kb)
- Anexo V_Propuesta de candidato (70.7 kb)
- Anexo VI_Certificado de inicio de la obra o servicio y solicitud de anticipo del 50 % de la subvención (68.3 kb)
- Anexo VII_Indicadores comunes de ejecución.Cuestionario de recogida de información (74.8 kb)
- Anexo VIII_Justificación final de gastos y pagos (126.4 kb)
- Anexo IX_Memoria final del proyecto (87.5 kb)
- Plantilla de justificación 2022 (373 kb)
- Control de asistencia (130 kb)
- Cartel informativo proyecto (79.5 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el BOR, es decir, desde el 16 de febrero hasta el 8 de marzo de 2023, ambos incluidos.
Plazo de resolución y notificación
La resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa y deberá dictarse en el plazo máximo de 6 meses a partir de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja de esta resolución de convocatoria.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de la Red de Empleo
José Ignacio Foronda González
María Ángeles Pérez Izaguirre
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Empleo
- Órgano competente: Dirección General de Empleo
- Unidad tramitadora: Servicio de la Red de Empleo
- Cargo que resuelve: Sr./a. Consejero/a
Normativa
Orden 8/2016, de 29 de junio, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución 847/2023, de 15 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Autonómico de aprobación del gasto para la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social para el año 2023 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en aplicación de la Orden 8/2016, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas. (Texto íntegro)
Extracto de la resolución de convocatoria
Resolución 958/2023, de 24 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Autonómico por la que se modifica la Resolución 847/2023, de 14 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, para la aprobación del gasto para la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social para el año 2023 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en aplicación de la Orden 8/2016, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas.
Más información
Otros Impresos
- Anexo II_Instrucciones Memoria del Proyecto (26.2 kb)
- Anexo IX_Memoria final del proyecto. Instrucciones (22.8 kb)
- Relación entre censo de población y paro por municipios (43.1 kb)
- 50 ocupaciones más contratadas (97.2 kb)
- 50 ocupaciones más solicitadas (24 kb)
- Bases de cotización para concesión 2023 (242.1 kb)
- Anexo A, de actividades preferentes 2023 (257.2 kb)
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: