Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test:
Convocatoria para pruebas reglamentarias de Instaladores, Manipuladores y Operadores:
Para ejercer la actividad de instalador, mantenedor, manipulador u operador de las diferentes especialidades industriales se requiere, en determinados casos, la superación de un examen, que acredite el conocimiento de la Reglamentación Técnica específica.
Especialidades convocadas
1. Operador industrial de calderas
2. Instalaciones térmicas en los edificios
3. Instalador de gas, categoría A
4. Instalador de gas, categoría B
5. Instalador de gas, categoría C
6. Instalador de Productos Petrolíferos, categoría I
7. Instalador de Productos Petrolíferos, categoría II
8. Reparador de Productos Petrolíferos, categoría III
9. Operador de grúa móvil autopropulsada, categoría A
10. Operador de grúa móvil autopropulsada, categoría B
11. Operador de grúa torre
Destinatarios
Personas físicas que precisen acreditar su cualificación como instaladores y mantenedores en diferentes especialidades afectadas por Reglamentos de Seguridad Industrial.
Requisitos
Los requisitos para concurrir al examen sobre la Reglamentación específica correspondiente se determinan en la resolución anual de convocatoria.
Desarrollo de los exámenes
La resolución anual de convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Rioja
Para el caso particular de Operador de grúa torre, Operador de grúa móvil autopropulsada A y Operador de grúa móvil autopropulsada B no se permitirá el uso de la norma UNE-58000 de junio de 2003 o documento equivalente.
Documentación
Junto a la solicitud individual, deberá adjuntarse:
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar :
de forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
de forma electrónica, desde el botón tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes para cada especialidad finalizará en las fechas que se especifican en el Apéndice I de la Resolución de convocatoria
Más información
Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Resolución 224/2022, de 5 de abril, por la que se establecen las bases de la convocatoria durante el año 2022 de pruebas reglamentarias para la obtención de certificado acreditativo de superación de examen teórico-práctico en las especialidades que se indican
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
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