Gobierno de La Rioja

Subvenciones a Entidades Locales para mantenimiento, equipamiento y obras de los Consultorios de Atención Primaria

Plazo: Fuera de plazo de solicitud
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Ayudas a Corporaciones Locales para el mantenimiento, equipamiento y obras en los Consultorios de Atención Primaria.

Requisitos

Beneficiarios

Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de la Rioja, que dispongan de consultorio de salud.

Quedarán excluidos de las convocatorias:

  • Cualquiera de los beneficiarios a que se refiere el apartado anterior que, en el momento de dictarse resolución, tenga pendiente de devolución cantidades indebidamente percibidas, procedentes de subvenciones anteriores. Se entenderá que existen cantidades pendientes de devolución desde el momento en que adquiera firmeza la resolución de reintegro.

Objeto de la subvención

  1. Obras en instalaciones de Salud.-Tipo de obras:
    • Tipo de obra A): obras de conservación y obras de reforma o acondicionamiento menor: demolición y construcción de tabiques, solados, escayolas, instalación de fontanería, electricidad, saneamiento y otros, pintura y demás revestimientos y carpintería interior, siempre y cuando no concurrran las circunstancias siguientes:
      • En las obras de conservación que precisen colocación de andamios o afecten a edificios catalogados.
      • En las obras de acondicionamiento que impliquen la modificación de uso, afecten, modifiquen o incidan en estructura, elementos de evacuación, conducciones generales, aspecto exterior de las edificaciones, sobrepasen las sobrecargas con las que fueron calculadas, impliquen una reducción de las condiciones de seguridad contra incendios (estabilidad y resistencia al fuego de los elementos constructivos, instalaciones de detección, alarma y extinción, alumbrado de emergencia, etc.)
    • Tipo de obra B): obras de ampliación y obras de conservación o reforma no incluidas en el tipo anterior.
    • Tipo de obra C): Obras de nueva construcción
  2. Equipamiento clínico y mobiliario general de los consultorios locales o auxiliares de salud, en base a la información facilitada por el órgano competente en la Autorización de Centros Sanitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y desarrolladas en el apartado requisitos de los consultorios de salud de la Orden de Bases.
  3. Los gastos de mantenimiento de los consultorios locales o auxiliares de salud. Se entenderán como gastos de mantenimiento los derivados del funcionamiento de las instalaciones como consumo de agua, luz, teléfono, calefacción, limpieza, eliminación de residuos sanitarios, aire acondicionado entre otros. En general serán objeto de subvención todos los gastos corrientes de las instalaciones.

Titularidad

Las Corporaciones deberán ostentar la titularidad suficiente sobre los terrenos o instalaciones.

Documentación

Solicitud

Las solicitudes de mantenimiento, equipamiento y obras (Anexo I), que deberán ser individualizadas para cada uno de los consultorios con los que cuente el solicitante, deberán estar acompañadas de la siguiente documentación: 

DOCUMENTACIÓN COMÚN

  1. Certificación expedida por el Secretario de la Entidad Local indicando la fecha del acuerdo o resolución adoptados por el órgano competente que deberá contener los siguientes datos:
    • El importe total del gasto subvencionable.
    • La aprobación de dicho gasto así como a la decisión de solicitar la subvención del mismo al amparo de la presente orden.
    • El compromiso de asumir el gasto por la cuantía no subvencionada.
  2. Declaración responsable del representante legal de la Entidad Local incluida en el impreso normalizado que se adjunta (Anexo II) comprensiva de los siguientes extremos:
    • La existencia o no de otras solicitudes de ayuda económica para la misma finalidad, indicando, en su caso, el Organismo al que se hubiese solicitado así como su cuantía.
    • Que la Entidad Local ostenta titularidad suficiente sobre el inmueble en el que se pretende realizar el gasto.

DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA (Consulte el artículo 5 de la Orden 1/2017 de 9 de marzo)

  1. MANTENIMIENTO
    • Presupuesto anual detallado de los gastos, incluidos en el Anexo III
  2. EQUIPAMIENTO
    • Presupuesto de los distintos elementos a adquirir, incluidos en el Anexo III
    • 2 presupuestos de casas suministradoras diferentes correspondientes a los elementos solicitados. Si el gasto a solicitar supera los 12.000,00 euros los presupuestos de casas suministradoras serán 3.
    • Memoria explicativa sobre la necesidad del equipamiento a adquirir firmada por el médico Titular o el Coordinador Médico del Centro de Salud radicado en la zona del consultorio.
  3. OBRAS
    • Presupuesto total de las obras incluido en el anexo III
    • Memorias descriptivas o Proyecto técnico de las obras, según proceda
    • Estudio Básico de Seguridad y Salud, si procede
    • Gestión de Residuos
    • Justificación de la normativa sanitaria, DB-SUA y DB-SI
    • Dos o tres prespuestos de distintas empresas constructoras, según proceda

Aportación de documentos junto con la solicitud de manera electrónica

Presente los documentos originales que exige la normativa, firmados digitalmente, o aporte copia auténtica de los mismos, escanee el resto de la documentación y adjúntela a la solicitud.

En el caso de la documentación original pueden plantearse los siguientes supuestos:

1.- Que el solicitante/s pueda generar el documento de forma electrónica directamente. En este caso firme digitalmente el documento antes de adjuntarlo. Puede utilizar los siguientes sistemas:

-          Adobe

-          Autofirm@,

-          Test para firma de ficheros que ofrece el Gobierno de La Rioja

2.- Que el documento/s a adjuntar se hayan generado y firmado electrónicamente en origen por una entidad diferente del solicitante. Adjúntelos sin utilizar los sistemas de firma antes mencionados ya que llevan ya la firma incorporada.

3.- Que el documento/s estén en papel o en cualquier otro soporte no elctrónico. En este caso deberá obtener una copia auténtica. Contacte para ello con el órgano gestor del trámite.

 

 

Cómo tramitarlo

Presentación de solicitudes:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación, 15 de febrero de 2024)

Fin de plazo: 15 de marzo de 2024

Plazo de resolución y notificación

TRES MESES desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá denegada la misma.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

 

Servicio competente

  • Laura Remírez Foncea              941.29.11.00, ext. 35148
  • José Luis Marqués Hernández    941.29.18.29
  • Rosalía Rivera Pérez                941.29.17.13
  • Esther Ortega Álamos               941.29.17.50
  • Miguel Angel Miranda               941.29.18.67

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden 1/2017, de 9 de marzo, de la Consejería de Salud, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales para mantenimiento, equipamiento y obras en consultorios de Atención Primaria.

Resolución 10/2024, de 12 de febrero, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales de la convocatoria para el ejercicio 2024 de las ayudas económicas con carácter de subvención en régimen de concurrencia competitiva, para mantenimiento, equipamiento y obras en consultorios de atención primaria.

Extracto Res.10/2024, de 12 de febrero, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, de la convocatoria para el ejercicio 2024 de las ayudas económicas con carácter de subvención, en concurrencia competitiva, para el mantenimiento, equipamiento y obras en consultorios de atención primaria.

Más información

Otros Impresos

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa conforme al artículo 45.1.e) de la Ley 4/2005, de 1 de junio (BOR nº 76, de 07-06), de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, según se dispone en los artículos 10.1.a) y 46.1 y 4 de la Ley 29/1998 de 13 de julio (BOE 14-07), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter potestativo, contra la presente resolución se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,  del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición interpuesto.

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