Vertidos: autorización de vertidos no domésticos
Autorización de vertidos no domésticos, procedentes de instalaciones industriales, comerciales o de servicios que pretendan verter sus aguas residuales a las redes de alcantarillado.
Requisitos
Los titulares de las instalaciones industriales, comerciales o de servicios que pretendan verter sus aguas residuales a las redes de alcantarillado deberán solicitar del Ayuntamiento titular de las redes, o en su caso del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja, la autorización correspondiente cuando el vertido no sea asimilable cualitativa y cuantitativamente al de un usuario doméstico. Cuando el vertido se realice a un colector general o estación depuradora la autorización corresponderá al Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja.
Documentación
Solicitud
- Impreso de solicitud debidamente rellanado.
- Acreditación de existencia de arqueta para toma de muestras conforme a lo previsto en la normativa.
- En el caso de que sus vertidos requieran tratamiento previo para poder ser vertidos (para cumplir los límites establecidos en el anexo 2 de la Ley 5/2.000), memoria técnica relativa a las mismas.
Aportación de copias
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
- El Consorcio de Aguas y Residuos
- El Servicio de Atención al Ciudadano
La presentación de solicitudes se realizará:
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Procedimiento no sujeto a un plazo específico de solicitud.
Otros plazos
La autorización de vertidos tiene una duración de 5 años y serán, renovable sucesivamente previa comprobación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de las normas de calidad y objetivos ambientales aplicables.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Consorcio de Aguas y Residuos de la Rioja
- Área de vertidos: Gabriela Seco Campos o Pilar Villena Cuche
- 941 519040. Fax: 941 519041
Organismo
- Consejería competente: Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja
- Órgano competente:
- Unidad tramitadora:
Normativa
Ley 5/2000, de 25 de octubre, de saneamiento y depuración de aguas residuales de La Rioja.
Decreto 55/2001, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 5/2000, de 25 de octubre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de La Rioja.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicableUtilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: