Gobierno de La Rioja

Vertidos: autorización de vertidos no domésticos

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Autorización de vertidos no domésticos, procedentes de instalaciones industriales, comerciales o de servicios que pretendan verter sus aguas residuales a las redes de alcantarillado.

Requisitos

Los titulares de las instalaciones industriales, comerciales o de servicios que pretendan verter sus aguas residuales a las redes de alcantarillado deberán solicitar del Ayuntamiento titular de las redes, o en su caso del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja, la autorización correspondiente cuando el vertido no sea asimilable cualitativa y cuantitativamente al de un usuario doméstico. Cuando el vertido se realice a un colector general o estación depuradora la autorización corresponderá al Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja.

Documentación

Solicitud

  • Impreso de solicitud debidamente rellanado.
  • Acreditación de existencia de arqueta para toma de muestras conforme a lo previsto en la normativa.
  • En el caso de que sus vertidos requieran tratamiento previo para poder ser vertidos (para cumplir los límites establecidos en el anexo 2 de la Ley 5/2.000), memoria técnica relativa a las mismas.

Aportación de copias

Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)

El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro

Cómo tramitarlo

Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:

La presentación de solicitudes se realizará:

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Procedimiento no sujeto a un plazo específico de solicitud.

Otros plazos

La autorización de vertidos tiene una duración de 5 años y serán, renovable sucesivamente previa comprobación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de las normas de calidad y objetivos ambientales aplicables.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Consorcio de Aguas y Residuos de la Rioja

  • Área de vertidos: Gabriela Seco Campos o Pilar Villena Cuche
  • 941 519040. Fax: 941 519041

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 5/2000, de 25 de octubre, de saneamiento y depuración de aguas residuales de La Rioja.

Decreto 55/2001, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 5/2000, de 25 de octubre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de La Rioja.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Según normativa aplicable
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