Gobierno de La Rioja

Núm. 48
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 20 de abril de 2012
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y TURISMO
III.A.31

Resolución número 944, de 3 de abril de 2012, de la Subdirección General de Universidades, Formación Permanente e Innovación Educativa, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Resolución número 944, de 3 de abril de 2012, de la Subdirección General de Universidades, Formación Permanente e Innovación Educativa, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 66.1 que la educación permanente tiene como objetivo ofrecer a todos los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar y ampliar sus capacidades y conocimientos para su desarrollo personal y profesional y en su artículo 68.2 determina que corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa.

El Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria que viene a reiterar lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, en el apartado 6 de su Disposición adicional primera dispone que estas pruebas se organizarán en los tres ámbitos de conocimientos siguientes: ámbito de comunicación, ámbito social y ámbito científico-tecnológico.

El Decreto 5/2011, de 28 de enero de 2011, por el que se establece el Currículo de la Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de La Rioja dispone, en el apartado 3 de la Disposición adicional tercera, que la Consejería competente en materia de educación organizará anualmente pruebas para que las personas mayores de 18 años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria siempre que hayan alcanzado las competencias básicas.

La Orden 12/2009 de 15 de abril de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece que mediante Resolución se convocarán anualmente las pruebas en las que fijará los plazos de inscripción, las fechas de realización, el horario de las sesiones y cuantas cuestiones considere oportunas para la ejecución y desarrollo de las mismas.

El Decreto 48/2011, de 6 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003 de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, dispone en el artículo 6.2.3.t) la planificación, ordenación, promoción y ejecución de las funciones y competencias en materia de Formación Permanente.

En virtud de lo anterior, el Subdirector General de Universidades, Formación Permanente e Innovación Educativa, en uso de las atribuciones legalmente conferidas por la Resolución nº 2826 de 14 de julio de 2011, resuelve:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

1.- Convocar las pruebas para la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2.- Para la aplicación de la presente Resolución se estará a lo dispuesto en la Orden 12/2009, de 15 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 20 de abril de 2009).

Segundo.- Requisitos de los participantes.

Podrán participar en estas pruebas las personas mayores de dieciocho años o que cumplan esa edad dentro del año natural en el que se realicen las pruebas, siempre que no estén cursando enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Educación Secundaria para Personas Adultas.

Tercero.-Inscripciones.

1.- El plazo de inscripción para participar en las mismas será del 2 al 16 de mayo de 2012, ambos inclusive, para la convocatoria de junio, y del 2 al 16 de julio de 2012, para la convocatoria de septiembre.

2.- Las solicitudes se presentarán en los Institutos de Educación Secundaria establecidos en la Resolución nº 692 de 21 de marzo de 2012 de la Subdirección General que se citan a continuación:

a) I.E.S. Práxedes Mateo Sagasta de Logroño.

b) I.E.S. Gonzalo de Berceo de Alfaro.

c) I.E.S. Celso Díaz de Arnedo.

d) I.E.S. Marco Fabio Quintiliano de Calahorra.

e) I.E.S. Manuel Bartolomé Cossío de Haro.

f) I.E.S. Esteban Manuel Villegas de Nájera.

g) I.E.S. Valle del Oja de Santo Domingo de la Calzada.

Cuarto.- Fechas de realización.

Las pruebas del año 2012 tendrán lugar el día 1 de junio y el día 7 de septiembre, ajustándose a lo dispuesto en la presente resolución.

Quinto.- Lugar de realización de las pruebas.

1.- Las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria se celebrarán en los Institutos de Educación Secundaria que la Subdirección General de Personal y Centros Docentes designe para cada una de las convocatorias.

2.- La Resolución por la que se determine el lugar para la realización de las pruebas, así como los tribunales que se constituyan, se publicará con anterioridad al 25 de mayo para la convocatoria de junio y al 24 de agosto para la convocatoria de septiembre, en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Personal y Centros Docentes y en el tablón de anuncios de los Institutos de Educación Secundaria en los que se realice la inscripción, así como en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Sexto.- Normas de realización.

1.- Las pruebas serán únicas para todos los aspirantes en cada convocatoria y se realizarán en una sola jornada, en sesiones de mañana y tarde, en la misma fecha para todos los Tribunales. La sesión de la mañana comenzará a las 10,00 horas y la sesión de tarde comenzará a las 16,00 horas.

2.- Las pruebas constarán de tres partes, correspondientes a los tres ámbitos en que se organizan las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, distribuyéndose de la siguiente forma

Primera sesión:

Ámbito Científico-Tecnológico.

1. Comprenderá ejercicios relacionados con los aspectos básicos de las materias Ciencias de la naturaleza; Matemáticas; Tecnología y los aspectos relacionados con la salud y el medio natural de la materia de Educación física.

2. Para la realización del ejercicio del Ámbito Científico-Tecnológico se permite el uso de calculadora y los aspirantes dispondrán de dos horas.

Ámbito Social.

1. Comprenderá ejercicios relacionados con los aspectos básicos de las materias Ciencias sociales, Geografía e historia; Educación para la ciudadanía y los aspectos de percepción correspondientes a las materias de Educación plástica y visual y Música.

2. Para la realización del ejercicio del Ámbito Social los aspirantes dispondrán de una hora y media.

Segunda sesión:

Ámbito de Comunicación.

1. Comprenderá ejercicios relacionados con los aspectos básicos de las materias Lengua castellana y literatura y Lengua extranjera, cuyo idioma elegirá el aspirante en el momento de la inscripción.

2. En la valoración de los ejercicios que realicen los aspirantes se tendrá en cuenta la forma de estructurar los datos, la coherencia de la exposición, el vocabulario empleado, la presentación y el dominio de la ortografía.

3. En el ejercicio de Lengua extranjera podrá elegirse entre los idiomas francés o inglés. Para la realización de este ejercicio se permite el uso de diccionarios de Lenguas extranjeras.

4. El tiempo total dedicado a la segunda sesión no excederá de las tres horas, dedicando dos horas a los ejercicios de Lengua castellana y literatura y una hora a los ejercicios de Lengua extranjera.

Séptimo.- Coordinación del proceso.

Desde la Subdirección General de Universidades, Formación Permanente e Innovación Educativa, a través del Servicio de Formación Profesional y Participación Educativa -

Coordinación General de Participación Educativa y Formación Permanente -, se arbitrarán las medidas necesarias para coordinar el proceso de difusión, desarrollo y resolución de la convocatoria de las pruebas conducentes a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

Octavo.-Periodo de aplicación.

Lo dispuesto en la presente Resolución será de aplicación en las convocatorias de junio y septiembre del año 2012.

Noveno.-Publicación de la Resolución.

La presente Resolución se hará pública, además de en el Boletín Oficial de La Rioja, en el tablón de anuncios de los Centros Públicos de Educación de Personas Adultas y en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En Logroño a 3 de abril de 2012.- El Subdirector General de Universidades, Formación Permanente e Innovación Educativa, Roberto García Alcalde.

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