Gobierno de La Rioja

Núm. 45
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 13 de abril de 2012
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y TURISMO
III.A.6

Resolución de 23 de marzo de 2012, de la Dirección General de Educación, por la que se modifica la autorización del centro privado concertado Los Boscos de Logroño

Vistos:

- El expediente iniciado a instancia de D. Iñaki Fernández Lerena, como representante legal del Centro docente privado concertado Los Boscos, con domicilio en Calle Múgica, número 9 de Logroño, solicitando modificación de la autorización del centro, para ampliación de una unidad más en Educación Secundaria Obligatoria y para la implantación del segundo nivel de Programa de Cualificación Profesional Inicial a partir del curso el curso 2012-2013.

- La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (B.O.E. del 4).

- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE del 4).

- El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE del 30).

- El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias. modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo).

- Decreto 48/2011, de 6 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo y sus funciones en desarrollo de la ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR del 7).

- Orden 20/2008, de 25 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se organizan y regulan los Programas de Cualificación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de La Rioja (B.O.R. de 5 de septiembre de 2008).

- El Informe emitido por el Área Técnica de 14 de marzo de 2012.

- El informe del Servicio de Formación Profesional y Participación Educativa de 27 de febrero de 2012.

Considerando, que de acuerdo con el informe mencionado, en los cursos 2010/2011 y 2011/2012 la demanda que tuvo este programa fue atendida con la oferta educativa existente, por lo que no existen razones que justifiquen la implantación de dicho programa.

El Director General de Educación, en ejercicio de las facultades legalmente atribuidas, resuelve:

Primero.- Denegar la autorización del Segundo Nivel de los Programa de Cualificación Profesional Inicial de Segundo Nivel.

Segundo.- Modificar, de acuerdo con los artículos 13 y 14 del Real Decreto 332/1992, la autorización de apertura y funcionamiento del Centro docente privado concertado Los Boscos, de Logroño, por ampliación de una unidad más en Educación Secundaria obligatoria.

Tercero.- La Configuración definitiva del centro queda de la siguiente manera:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: Los Boscos.

Titular: Congregación Salesiana.

Código: 26001328

Domicilio: Calle Múgica, número 9.

Localidad: Logroño

Municipio: Logroño

Provincia: La Rioja

Enseñanzas Autorizadas: Educación Infantil

Capacidad: 5 unidades, 125 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: Los Boscos

Titular: Congregación Salesiana.

Código: 26001328

Domicilio: Calle Múgica, número 9.

Localidad: Logroño

Municipio: Logroño

Provincia: La Rioja

Enseñanzas Autorizadas: Educación Primaria

Capacidad: 9 unidades, 225 puestos escolares

C) Denominación Genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: Los Boscos

Titular: Congregación Salesiana.

Código: 26001328

Domicilio: Calle Múgica, número 9.

Localidad: Logroño

Municipio: Logroño

Provincia: La Rioja

Enseñanzas Autorizadas:

a) Educación Secundaria Obligatoria

Capacidad: 6 unidades, 180 puestos escolares.

a) Ciclos Formativos de Grado Medio:

-Mecanizado

Capacidad: 2 unidades y 60 puestos escolares.

-Instalaciones de Telecomunicaciones

Capacidad: 2 unidades y 60 puestos escolares.

Programa de Cualificación Profesional Inicial

-Operario de instalaciones eléctricas y comunicaciones.

Capacidad: 1 unidad y 15 puestos escolares.

- Operario de fabricación mecánica, mantenimiento y mecanizado de máquinas herramientas.

Capacidad: 1 unidad y 15 puestos escolares.

- Auxiliar de informática.

Capacidad: 1 unidad y 15 puestos escolares.

Cuarto.- La modificación de la autorización administrativa del Centro afecta a niveles de enseñanza incluidos en el Régimen de Concierto Educativo con esta Administración.

Quinto.- La presente modificación de la autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2012-2013 y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja a los efectos oportunos.

Sexto.- El Centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Séptimo.- El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

Octavo.- El centro cumplirá los requisitos de equipamiento exigidos por la Subdirección General de Universidades, Formación Permanente e Innovación Educativa.

Noveno.- Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Décimo.- Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el excelentísimo Sr. Consejero de Educación, Cultura y Turismo en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución; todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1 de la Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en relación con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Logroño, a 23 de marzo de 2012.- El Director General de Educación, José Abel Bayo Martínez.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 63% de las personas esto les resultó útil.
Subir