Gobierno de La Rioja

Núm. 72
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 29 de mayo de 2007
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
III.A.18

Resolución de 22 de mayo de 2007, de la Dirección General de Educación, por la que se autoriza la modificación de la configuración del Centro Docente Privado "Salesianos Domingo Savio" de Logroño

Examinado el expediente iniciado a instancia de D. José Daniel Castillo Martínez, actuando en nombre y representación del Titular del centro docente privado "Salesianos Domingo Savio", número de código 26001481, sito en Logroño, Camino San Adrián, nº 22, solicitando la ampliación de tres unidades de segundo ciclo de Educación Infantil y la puesta en funcionamiento de seis unidades de Educación Primaria en dicho centro.

Antecedentes de hecho:

Por Orden de 11 de enero de 1974 ("Boletín Oficial del Estado" de 15 de marzo), se aprobó la transformación y clasificación definitiva en colegio no estatal de Educación General Básica al centro docente "Santo Domingo Savio" de Logroño.

Por Orden de 6 de junio de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de julio), se autorizó definitivamente la apertura y funcionamiento al centro privado de Educación Secundaria "Seminario Menor Santo Domingo Savio" de Logroño (La Rioja).

Por Orden de 16 de mayo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de junio), se autorizó la implantación anticipada de las enseñanzas de tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria en el centro privado "Seminario Menor Santo Domingo Savio" de Logroño (La Rioja).

Por Resolución de 15 de junio de 2006 ("Boletín Oficial de La Rioja" del 27), se concede autorización de apertura y funcionamiento en el nivel de Educación Infantil, primer ciclo, al centro docente privado "Salesianos Domingo Savio" de Logroño (La Rioja).

Por Resolución de 13 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Educación, se aprueba el Proyecto de Obras de un centro de Educación Infantil, segundo ciclo, y otro de Educación Primaria, sitos en Calle Camino de San Adrián, nº 22, de Logroño. Según Informe del Arquitecto del Área Técnica de fecha 16 de mayo de 2007, la titularidad del centro ha realizado las obras conforme al Proyecto aprobado.

Fundamentos de derecho:

La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 4), reguladora del Derecho a la Educación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" del 4), de Educación.

Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ("Boletín Oficial del Estado" del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarios.

Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas escolares de régimen general.

Decreto 120/2003, de 21 de noviembre ("Boletín Oficial de La Rioja" del 25), por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Resuelvo:

Primero.- Autorizar, de acuerdo con el artículo 13.1.b) y c) del Real Decreto 332/1992, la modificación en el nivel de Educación Infantil, segundo ciclo, y en el nivel de Educación Primaria al centro docente privado "Salesianos Domingo Savio", en los términos que se especifican, atendiendo a las características y capacidad máxima que se señala de modo que queda establecida la configuración definitiva como se describe a continuación:

A) Denominación Genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación Específica: "Salesianos Domingo Savio".

Titular: Sociedad de San Francisco de Sales.

Domicilio: Camino de San Adrián, nº 22.

Número de código: 26001481.

Localidad: Logroño.

Municipio: Logroño.

Provincia: La Rioja.

Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil.

A) Primer ciclo de Educación Infantil: 3 unidades, para 38 puestos escolares.

- 1 unidad para 0-1 años, con 8 puestos escolares.

- 1 unidad para 1-2 años, con 13 puestos escolares.

- 1 unidad para 2-3 años, con 17 puestos escolares.

B) Segundo ciclo de Educación Infantil.

Capacidad: 3 unidades, con 75 puestos escolares.

B) Denominación Genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación Específica: "Salesianos Domingo Savio".

Titular: Sociedad de San Francisco de Sales.

Domicilio: Camino de San Adrián, nº 22.

Número de código: 26001481.

Localidad: Logroño.

Municipio: Logroño.

Provincia: La Rioja.

Enseñanzas autorizadas: Educación Primaria.

Capacidad: 6 unidades, con 150 puestos escolares.

Segundo.- La autorización del centro de Educación Secundaria existente en el recinto escolar no sufre modificación.

Tercero.- La modificación de la autorización administrativa de los centros afecta a niveles incluidos en el Régimen de Concierto Educativo con esta Administración.

Cuarto.- Los centros deberán cumplir la Norma Básica de Edificación NBE-CPI/96 de condiciones de protección contra incendios de los edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" del 29). Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Quinto.- Con anterioridad a la entrada en funcionamiento de las nuevas unidades, la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes, previo informe de la Inspección Técnica Educativa aprobará, expresamente la relación de profesorado de que dispondrá, con indicación de sus titulaciones respectivas.

Sexto.- Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Séptimo.- Queda la titularidad del centro obligada a mantener la denominación genérica y específica que se detalla en el apartado primero de la presente Resolución, estando obligado a usar esta denominación en todo tipo de relaciones que mantengan con la Administración o con terceros, de acuerdo con el artículo 4.2 del Decreto 120/2003, de 21 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Octavo.- La presente autorización surtirá efecto a partir de la fecha de la presente Resolución y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Noveno.- Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el excelentísimo Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución; todo ello de conformidad con lo previsto en el Art. 52.1 de la Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en relación con los artículos 114 y ss de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Logroño, 22 de mayo de 2007.- El Director General de Educación, Juan Antonio Gómez Trinidad.

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