Gobierno de La Rioja

Con fecha 18 de mayo entró en vigor la Orden 2/2015, de 17 de febrero, por la que se regula el sistema de notificaciones electrónicas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus Organismos Públicos mediante dirección electrónica habilitada.

El sistema de notificaciones electrónicas permite a cualquier persona física o jurídica, recibir y gestionar las notificaciones electrónicas que practiquen la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja así como los Organismos Públicos que dependan de ella.

Este servicio es gratuito y voluntario salvo que la norma establezca la notificación electrónica de manera obligatoria.

El sistema de notificaciones electrónicas dispone de las medidas de seguridad necesarias para proteger la confidencialidad de los datos en los términos previstos en la REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales.


Requisitos

  1. Alta en el sistema. La práctica de la notificación electrónica requiere el alta previa en el sistema de notificaciones electrónicas. El alta en el sistema se podrá realizar de dos maneras:
    1. Directamente por el propio interesado, dándose de alta en el sistema de notificaciones electrónicas del portal www.larioja.org (desde el acceso arriba indicado).
    2. Por la unidad que corresponda del órgano competente para tramitar el procedimiento (Identificación de procedimientos), ya sea previa solicitud del interesado o de oficio, en los supuestos a que se refiere el artículo 8 de la Orden reguladora, es decir, cuando la notificación electrónica sea obligatoria.
  2. Para recibir las notificaciones por medios electrónicos de forma voluntaria el interesado debe indicarlo así en el formulario de solicitud del procedimiento o en el documento complementario establecido al efecto.

    Durante la tramitación del procedimiento podrá optar por un medio distinto del inicialmente elegido para lo que será necesario dirigir al órgano competente para aquélla tramitación una solicitud de modificación del medio de notificación utilizando el modelo establecido para ello disponible en Oficina Electrónica.

    Los documentos citados se encuentran disponibles en los procedimientos de la Oficina Electrónica.

  3. Estar en posesión de un dni electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Si desea más información, contacte con nosotros.

Notificaciones remitidas al Gobierno de La Rioja por otras Administraciones Públicas

En el caso de notificaciones dirigidas al Gobierno de La Rioja, siga las siguientes instrucciones.

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