Decreto 10/2017, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Turismo de La Rioja en desarrollo de la Ley
2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja
Corrección de errores al Decreto 10/2017, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Turismo de La Rioja
en desarrollo de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja
(sustituye anexos I.4 y III)
BOR 48
Modifica
Decreto 40/2018, de 23 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 10/2017, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Turismo de La Rioja en desarrollo de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja
(Modifica: letra a) del apartado 2 del artículo 28; párrafo segundo del apartado 3 del artículo 43; artículo 51; apartados
2 y 3 del artículo 54; artículo 55; apartado 2 del artículo 58; letra a) del artículo 59; último guion de la letra b) del
artículo 59; letra e) del artículo 59; artículo 60; letra b) del apartado 1 del artículo 61; apartado 2 del artículo 61; artículo
66; artículo 67; rúbrica del artículo 69; artículo 73; modifica apartado 3 del artículo 114; letra f) del artículo 121; último
párrafo del artículo 125; artículo 129; rúbrica y contenido del artículo 132; rúbrica y contenido del artículo 133; rúbrica
y contenido del artículo 134; apartado 3 del artículo 135; párrafo segundo del apartado 3 del artículo 141; artículo 143;
apartado 1 del artículo 146; apartado 2 del artículo 160; apartado 2 del artículo 194; letra b) del apartado 1 del artículo
195; letra c) del apartado 1 del artículo 195; apartado 3 del artículo 195; apartado 2 del artículo 198; Añade: párrafo
final al artículo 59; apartado 3 al artículo 40; párrafo segundo al apartado 2 al artículo 43; apartado 4 al artículo 61;
apartados 3 y 4 al artículo 69; apartado 4 al artículo 80; Anexo XIII: ''Placa de identificación de las viviendas
de uso turístico'' En el artículo 63, se modifica la exigencia de ''Caja fuerte general'' por
''Caja fuerte general o individual'', siendo exigible únicamente en los apartamentos de tres llaves Ajusta
la comunicación de inicio de actividad de las viviendas de uso turístico a un nuevo modelo a incluir en el Anexo I En el Anexo
IV, ''Criterios de clasificación de los hoteles'', modifica algunos criterios En el Anexo VI, "Requisitos
de asignación de categorías de campings '', modifica algunos criterios Deroga y deja sin contenido: los apartados
3, 4 y 5 del artículo 135; el artículo 140; el apartado 1 del artículo 141 y la Sección 3ª, del Capítulo II, del Título Segundo,
artículos 147 a 149)
BOR 141