Reclamaciones al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
Las reclamaciones contra resoluciones del Gobierno de La Rioja y los entes locales de su territorio en materia de acceso a la información pública, serán resueltas por el Consejo Nacional de Transparencia y Buen Gobierno
Requisitos
Frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contenciosa administrativa.
Documentación
Solicitud, escrito o comunicación
Siga las instrucciones del Portal del Consejo de Transparencia.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial:
- Imprima el modelo de reclamación y preséntelo en las Oficinas de atención al ciudadano.
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impuganado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses, transcurrido el cual la reclamación se entenderá desestimada.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno
- Órgano competente: Secretaría General Técnica
- Unidad tramitadora: Sección de Gestión de Redes de Información
Normativa
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Ley 3/2014, de 11 de septiembre, de transparencia y buen gobierno de La Rioja
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Otros enlaces:
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: