Gobierno de La Rioja

Registro de sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales. Solicitud de certificación

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Inscripción de los datos publicados por la imposición de sanciones firmes muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, conforme a lo preceptuado en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social

Requisitos

Acceso al registro

El registro es de carácter público. Cualquier persona física o jurídica que lo solicite tendrá derecho de acceso a los datos inscritos en el mismo.

Datos que se inscriben en este Registro

  1. Nombre o razón social de la empresa sancionada.
  2. Sector de actividad a la que se dedica.
  3. Número de Documento Nacional de Identidad de las personas físicas o Código de Identificación Fiscal de las personas jurídicas.
  4. Domicilio social.
  5. Infracción cometida.
  6. Sanción económica impuesta, incluyendo la cuantía de la misma, así como las demás sanciones impuestas con carácter principal o accesorio, si las hubiera.
  7. Fecha de extensión del acta de infracción.
  8. Fecha en la que la sanción adquiere firmeza.
  9. Fecha de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Documentación

Solicitud

No procede aportar ningún documento distinto de la Solicitud.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Procedimiento no sujeto a plazo específico.

Otros plazos

  1. Inscripción de los datos
    • Los datos se inscribirán de oficio en el momento en que sean publicados en el Boletín Oficial de La Rioja.
  2. Cancelación de los datos
    • Los datos se cancelarán de oficio a los cinco años a contar desde el día siguiente a aquél en que se hayan publicado en el Boletín Oficial de La Rioja.
  3. Emisión de certificados
    • La publicidad del registro se hará efectiva mediante certificación del contenido de los datos registrados. La certificación positiva o negativa se emitirá en el plazo de diez días desde la recepción de la solicitud, la cual podrá presentarse de forma electrónica.

Tasas

Hay tasas

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Sección de Infracciones y Sanciones

Laura López Lalinde

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Decreto 4/2010, de 22 de enero, por el que se regula la publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y el procedimiento de emisión de certificaciones de cumplimiento del objetivo "siniestralidad cero" en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

No tiene

Recurso que procede:

Alzada

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