Matanza domiciliaria de cerdos: comunicación por parte de los ayuntamientos de realización de la campaña de sacrificio de animales de la especie porcina para consumo privado.
Tiene como objeto la ordenación del control sanitario y el establecimiento de las condiciones de sacrificio y consumo familiar de animales de la especie porcina.
Requisitos
Definiciones
Se entiende por sacrificio de animales de la especie porcina para consumo familiar, el que se realiza para obtener carnes y productos derivados destinados, exclusivamente, a satisfacer las necesidades propias y del entorno familiar inmediato.
Prohibiciones
Queda prohibida la comercialización de la carne y productos derivados procedentes de los animales señalados, incluyendo su suministro a carnicerías, comercio minorista, comedores colectivos, industrias cárnicas y al público en general.
Los veterinarios oficiales y los veterinarios colaboradores (consulte la pestaña "Más información"), definidos en la Orden 3/2011, de 10 de mayo, no podrán expedir documentos sanitarios que amparen el transporte y la comercialización de las mencionadas carnes o productos cárnicos.
Sacrificio
El ganado porcino para consumo privado será sacrificado y/o faenado, preferentemente, en mataderos autorizados.
En el caso de no existir matadero en las proximidades del municipio o cuando concurran otras circunstancias que dificulten su acceso, el Ayuntamiento podrá permitir el sacrificio y/o faenado de los mencionados animales el locales públicos o privados habilitados al efecto o en los propios domicilios particulares, siempre que se cumplan las condiciones establecidas para ello.
En todo caso se cumplirán las normas relativas a bienestar animal.
Organización de la campaña
- SACRIFICIO DE ANIMALES DE LA ESPECIE PORCINA
- Corresponde a los Ayuntamientos de las localidades en las que se pretenda desarrollar la campaña de sacrificio de animales de la especie porcina para consumo familiar, la organización y desarrollo de la misma, en el ámbito territorial de su término municipal, en coordinación con los veterinarios oficiales de salud pública del área de salud en que está ubicado el municipio.
- Los Ayuntamientos comunicarán al órgano competente en materia de salud pública, según modelo que figura como anexo de la Orden 3/2011, de 10 de mayo, los locales, calendario, horario, veterinario colaborador y condiciones en que se desarrollarán las actividades de la campaña en el término municipal correspondiente. Para realizar dicha comunicación deberán tramitarla presentando debidamente el modelo "Matanza domiciliaria de cerdos: comunicación por parte de los ayuntamientos de realización de la campaña de sacrificio de animales" que puede descargarse en la pestaña "Comunicación".
Inspección de canales
Los veterinarios de salud pública o los veterinarios colaboradores, deberán inspeccionar las canales y las vísceras de los animales regulados en la presente orden con el fin de dictaminar sobre su aptitud para el consumo.
Con el fin de facilitar dicho dictamen, el matarife o el propietario de los animales pondrán en conocimiento del veterinario actuante cualquier anomalía que observen en los animales vivos, vísceras o canales.
Eliminación de residuos
Será responsabilidad del interesado la destrucción y eliminación final de los despojos y de los residuos del faenado y carnización, sin que en ningún caso puedan utilizarse éstos, ni las carnes y vísceras decomisadas por el veterinario para la alimentación animal.
Análisis y resultados
Con carácter general se realizarán análisis para la investigación de triquinas.
Los resultados del análisis se comunicarán al interesado no más tarde de 24 horas desde la toma de muestras.
Relación de veterinarios colaboradores
Para obtener la información de contacto de los veterinarios colaboradores del listado publicado diríjase al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a los teléfonos: 941291100 Ext. 35558 o al 941291821
Documentación
Comunicación
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de la comunicación por parte de los ayuntamientos se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón "Tramitar".
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Campaña de porcino
- Para la organización de las actividades de control sanitario de las carnes y productos derivados de los animales de la especie porcina a que se refiere la presente norma, se desarrollará anualmente una campaña de sacrificio que tendrá lugar entre los días 15 de noviembre de cada año al 15 de marzo del año siguiente.
- Plazo: 15 de noviembre a 15 de marzo.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Tanto para la información general como para la solicitud de la información de contacto de los veterinarios colaboradores póngase en contacto con:
Rocío Gómez Sanchez
941 291821
941291100 Ext 35558
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud y Políticas Sociales
- Órgano competente: Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados
- Unidad tramitadora: Servicio de Seguridad Alimentaria y Consumo
Normativa
Orden 3/2011, de 10 de mayo, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las condiciones sanitarias del sacrificio de animales de la especie porcina y de jabalíes abatidos en cacerías, destinados al consumo privado.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tieneUtilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: