Servicios de Promoción de la Autonomía Personal: autorización de funcionamiento
Los Servicios de promoción de la autonomía personal tienen por finalidad desarrollar y mantener la capacidad de la persona para controlar, afrontar y tomar decisiones acerca de cómo vivir de acuerdo a las normas y preferencias propias y facilitar la ejecución de las actividades básicas de la vida diaria, de manera que todas las personas puedan llevar una vida lo más autónoma posible, así como mejorar la calidad de vida tanto de la persona en situación de dependencia como de sus cuidadores.
Requisitos
Con caracter general, la documentación es común para todos los tipos de Centros y Servicios de Servicios Sociales. Sin embargo, cada uno de ellos precisa la que se deriva de su normativa específica: Servicio de Promoción de la Autonomía Personal.
Documentación
Solicitud
- Solicitud, en modelo normalizado, suscrita por quien tenga poder para representar a la Entidad ante la Administración.
- Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, y, en su caso, de la representación que ostenta.
- En el caso de que la entidad no estuviera inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Servicios de Servicios Sociales, será necesaria la presentación de la siguiente documentación:
- Fotocopia de los Estatutos de la Entidad (persona jurídica)
- Fotocopia del Número de Identificación Fiscal (N.I.F.)
- Memoria de la entidad (año de constitución; fines; actuaciones desarrolladas en el ámbito de los servicios sociales; relación de centros o servicios sociales de los que la entidad es titular o gestora).
- Memoria explicativa de la actividad: de acuerdo con un programa de trabajo que consta de una programación general del servicio y de una programación individual
- Programación general del servicio:
- Programación anual en la que se desarrollarán al menos los siguientes aspectos:
- Objetivos generales y específicos
- Estructura de la organización
- Área de intervención
- Actividades con calendario y horario
- Recursos humanos
- Recursos materiales destinados a la prestación del servicio
- Calendario de atención
- Indicadores de evaluación
- Seguimiento, control y coordinación de la gestión
- Procedimientos de funcionamiento interno: protocolos de atención o intervención con el usuario y su familia, indicadores de evaluación de la intervención
- Programación individual:
- Se detallarán los objetivos a conseguir en cada uno de los servicios con los que interviene en atención directa con el usuario y con la intervención indirecta, con los tiempos marcados para su ejecución, así como los indicadores de evaluación. En su caso se ajustará al Programa Individual de Atención (PIA), elaborado por el Centro de Valoración.
- En el caso de que el Servicio se preste en un centro se aportará plano o planos descriptivos de la situación del local, sus accesos, distribución, superficie, ventilación e instalaciones. Se deberá tener en cuenta la normativa sobre condiciones de protección contra-incendios y accesibilidad.
- Modelo de hoja de reclamaciones (las hojas de reclamaciones estarán numeradas y contendrán como mínimo los datos relativos a la identificación del Servicio, del reclamante, fecha de reclamación y espacio suficiente para detallar el objeto de la misma. Se extenderán por duplicado, en papel autocopiativo, que deberá ser firmado tanto por el interesado que la formula como por el representante del servicio).
- Modelo de ficha de usuarios (con el fin de dejar constancia de los datos identificativos del usuario, teléfono, domicilio y la atención prestada a los mismos). Estos datos deberán tener un carácter confidencial y estar sujetos al secreto profesional.
- Régimen de precios.
- Relación o previsión de plantilla de personal (con indicación de la titulación académica, categoría profesional y el tipo de jornada laboral de trabajo).
- Copia de la titulación académica y contratos del personal con el que el servicio inicia la actividad o, en su caso, Declaración Responsable del solicitante en el que se haga constar el compromiso de:
- Dicha plantilla se ajustará a la normativa que resulte de aplicación.
- Presentar la documentación mencionada con carácter previo a que se inicie la actividad del servicio.
- Proyecto de póliza de responsabilidad civil que cubra los riesgos de lesiones por siniestro, por praxis profesional o negligencia del personal o del titular del Servicio, además de la cobertura de responsabilidad civil por daños a terceros (deberá convertirse en póliza en el plazo de 10 días desde el siguiente a la notificación del otorgamiento de la autorización de funcionamiento, aportándose copia dentro del mismo plazo y justificante de pago).
- Reglamento de Régimen Interior, que regulará como mínimo los siguientes aspectos:
- Derechos y deberes de los usuarios y de las familias o personas que los representen.
- Normas generales de funcionamiento.
- Sistema y admisión y bajas.
- Horario de funcionamiento.
- Las Normas de Régimen Interior podrán ser sustituidas por los correspondientes protocolos de actuación del Servicio.
- Cuando proceda, documento acreditativo de la autorización sanitaria de funcionamiento (fisioterapia, terapia ocupacional, psicología, ). Deberán dirigirse al Servicio de Ordenación y Seguridad, de la Consejería de Salud (Telf 941299901, C.A.R.P.A., C/ Obispo Lepe, 6 Logroño).
- Autorización funcionamiento (78.1 kb)
- Consentimiento para la notificación electrónica (53.9 kb)
- Solicitud de cambio de medio de notificación (64.5 kb)
- Sujetos obligados a recibir notificación electrónica (53.7 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Procedimiento no sujeto a plazo específico de solicitud.
Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para la resolución y notificación es de seis meses.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Cristina Jiménez Torres (941291100 ext. 33742)
- Mª Carmen Sanz Lasanta (941291100 ext. 35180)
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Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud y Políticas Sociales
- Órgano competente: Secretaría General Técnica
- Unidad tramitadora: Servicio de Autorización, Acreditación e Inspección de Centros y Servicios de carácter Social
- Cargo que resuelve: Secretario/a General Técnico/a
Normativa
Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja.
Orden de 26 de julio de 1994, de la Consejería de Salud, Consumo y Bienestar Social, por la que se desarrollo el registro y autorización de Entidades, Servicios y Centros de Acción Social y Servicios Sociales.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Alzada
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: