Gobierno de La Rioja

Autorizaciones de transporte

Plazo: Continuo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


 

AUTORIZACIONES QUE DEBEN SER VISADAS EN EL AÑO 2024:

  • MPCE: Transporte privado complementario de mercancías
  • VTC: Arrendamiento de vehículos con conductor
  • VDE: Transporte público de viajeros en autobús
  • VPCE: Transporte privado complementario de viajeros en autobús
  • VSE-VSPE: Transporte sanitario

AUTORIZACIONES QUE DEBEN SER VISADAS EN EL AÑO 2025: 

  • MDPE/MDLE: Autorización de transporte público de mercancías
  • OT: Operador de transporte

 AUTORIZACIONES QUE DEBEN SER VISADAS EN EL AÑO 2026: 

  • VT: Transporte público de viajeros en vehículos turismo (taxis)

Requisitos

Los requisitos para obtener una autorización de transporte pueden consultarse en la normativa reguladora (pinche en "Más información") o llamando al Servicio de Transportes.

Documentación

Solicitud

Para tramitar la solicitud deberá aportar la documentación que corresponda según la clase de autorización que se solicite o que se deba renovar.  La información sobre la documentación necesaria puede descargarla en el siguiente apartado.

Los formularios y/o declaraciones a aportar podrá obtenerlos en el apartado "Mas Información"_"Otros impresos".

  • Documentos a aportar

Cómo tramitarlo

Para solicitar autorizaciones de transporte, confirmar el visado o adjuntar documentación a un expediente abierto: Se deberá realizar de forma electrónica desde el botón "TRAMITAR".

NRC ("Número de Referencia Completo")_TASAS: Durante la tramitación se le exigirá que facilite el denominado NRC. En este campo, en la tramitación deberá poner el número de referencia que se le asigne al realizar el pago de la tasa o, en su defecto, la fecha de pago seguida por una de las matrículas para las que se solicita autorización (sin ningún signo de puntuación, guiones, barras….). Por tanto, la solicitud telemática requiere el previo pago de la tasa, con los importes que se detallan en el apartado TASAS, debiendo aportar a lo largo de la tramitación el justificante de pago, junto con el resto de la documentación necesaria.

REPRESENTANTE: En caso de que el interesado intervenga por medio de otra persona o entidad, será necesario que la misma esté dada de alta en nuestro Registro como persona autorizada para la tramitación en su nombre. La persona/entidad autorizada podrá darnos traslado de esta autorización a través del botón TRAMITAR, debiendo aportar la siguiente documentación:

  • Documento "Doc. 9. Autorización a otra persona para presentar documentación" debidamente firmado por el interesado autorizando a realizar la tramitación en su nombre.
  • Fotocopia del DNI del firmante.
  • En caso de ser una persona jurídica, documentación acreditativa de que el firmante tiene poder suficiente (ej. escritura pública, documento de constitución...).

De ser necesario ampliar o subsanar la información aportada, la Administración lo NOTIFICARÁ a través del PUNTO DE ACCESO GENERAL (PAG) a través de la denominada “Carpeta Ciudadana”, en la que el solicitante/representante recibirá todas las notificaciones relativas al expediente (requerimientos de documentación, resoluciones estimatorias o desestimatorias...).

La resolución positiva de los expedientes supondrá la inscripción de la autorización de transporte o de la renovación de su validez en el REGISTRO GENERAL DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES DE TRANSPORTE

No se expedirá tarjeta de transporte.  El otorgamiento o renovación podrá consultarse a través de la consulta pública al REGISTRO GENERAL DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES DE TRANSPORTE

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Procedimiento no sujeto a un plazo específico de solicitud.

Plazo de resolución y notificación

5 meses, según establece el Real Decreto 5 de agosto 1994 de adecuación de determinados procedimientos administrativos a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tasas

Número de cuenta: ES5821006196361300281235

Concepto: Como concepto deberá constar el "Tipo de solicitud" (visado, adscripción o sustitución vehículo...), "Nombre de la empresa" y en su caso, "Matrícula del vehículo"

NRC: En la aplicación de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, deberá anotarse en este campo el número de la transferencia o bien la fecha de realización de la misma y una de las matrículas solicitadas.

IMPORTE DE LA TASA:

•MDP: 36,36 euros por vehículo
•MDL: 23,38 euros por vehículo
•MPC: 36,36 euros por vehículo
•O.T. (Operador de Transporte): 64,92 euros
•VT: 23,38 euros por vehículo
•VTC: 36,36 euros por vehículo
•VD: 36,36 euros por autobús

Notificaciones

El artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para los titulares o solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la citada Ley.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Esperanza Cariñanos Pérez
  • Begoña Yustes Bozalongo
  • M. Margarita Echarren Saez 
  • Rosa Maria Moure Hernandez 

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Orden de 4 de febrero de 1993, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros por carretera.

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