Gobierno de La Rioja

Concesión de plaza pública en centro de día para personas mayores dependientes

Plazo: Sujeto a plazos
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Requisitos de acceso a las plazas públicas del servicio de centro de día para personas mayores dependientes, del Sistema Riojano para la autonomía personal y la dependencia.

Requisitos

Podrán acceder a una plaza pública del servicio de centro de día para personas mayores dependientes del Sistema Riojano para la autonomía personal y la dependencia quienes reúnan los siguientes requisitos:

  1. Tener reconocido la situación de dependencia en cualquiera de los grados y niveles establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en situación de dependencia y que el Programa Individual de Atención especifique la adecuación del servicio de centro de día.
  2. Residir legalmente en La Rioja y haber residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los Tratados Internacionales y en los Convenios que se establezcan con el país de origen.
  3. Ser mayor de 60 años. Se exceptuará este requisito para aquellos solicitantes menores de 60 años y mayores de 50 años que tengan reconocida la situación de gran dependencia o de dependencia severa, acreditado diagnóstico de Alzeimer u otra demencia de origen neurodegenerativo por el sistema público de salud, y en el informe social de la Unidad de Trabajo Social correspondiente que acompaña al Programa Individual de Atención se especifiquen las circunstancias sociales que determinan la adecuación del servicio de Centro de Día.

Incompatibilidades

El servicio de Centro de Día para personas mayores dependientes es incompatible con el servicio de atención residencial, así como las prestaciones económicas del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora de tales prestaciones.

Documentación

Solicitud

Junto con la solicitud de plaza pública del servicio de centro de día para personas mayores dependientes del Sistema Riojano para la autonomía y la dependencia, se deberá acompañar la siguiente documentación:

  1. En el caso de usuarios no nacionales, la certificación de los periodos de residencia legal en España emitida por el órgano competente para ello.
  2. Informe médico, suscrito por especialista en geriatría o neurología del Sistema Público de Salud de La Rioja, cuando se solicite un ingreso de una persona menor de 60 años, en situación de gran dependencia, con diagnóstico de Alzheimer u otra demencia de origen neurodegenerativo -según modelo que consta en Anexo III del Decreto 24/2010, de 22 de abril.

Cuando el solicitante carezca de nacionalidad española deberá aportar la tarjeta acreditativa de su condición de residente en la que esté consignado su Número de Identificación de Extranjeros (NIE).

Cuando la solicitud se realice a través de representante legal, además de la fotocopia del DNI de quien ostenta la representación deberá acompañarse copia de la resolución judicial de incapacitación o cualquier otra documentación acreditativa de dicha condición, o bien documentación que acredite el haber iniciado el procedimiento de incapacitación si no estuviera concluso.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

De forma presencial a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año.

Plazo de resolución y notificación

El plazo para resolver será de seis meses desde que la solicitud tuvo su entrada en cualquiera de las Oficinas del Registro del órgano administrativo competente para tramitar el procedimiento. Se entenderá estimada la solicitud de no haberse notificado la resolución expresamente en el plazo señalado para resolver, siempre que el servicio solicitado se encuentre incluido en el Programa Individual de Atención y condicionando, en todo caso, su eficacia, a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 24/2010, de 22 de abri.

Tasas

Hay tasas

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio Competente

  • Soraya Fernández Martínez
  • Lucía Lerma Remón

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden 15/2000, de 25 de septiembre, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales por la que se determina el precio público de los servicios de estancias diurnas dependientes del Gobierno de La Rioja.

Decreto 24/2010, de 22 de abril, por el que se regula el sistema de acceso a plazas públicas en Centros de Día para personas mayores dependientes del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia.

Decreto 15/2014, de 4 de abril, por el que se modifica el Decreto 24/2010, de 22 de abril, por el que se regula el sistema de acceso a plazas públicas en Centros de Día para personas mayores dependientes del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia, el Decreto 18/2011, de 11 de marzo, por el que se regula el sistema de acceso al servicio público de atención residencial y al servicio público de estancias temporales residenciales para personas mayores grandes dependientes y dependientes severos del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia, y el Decreto 31/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba la cartera de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Recurso que procede:

Alzada

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