Subvenciones en materia de juventud: Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud
Tienen como finalidad fomentar la realización de programas, proyectos y actuaciones cuyos destinatarios sean jóvenes residentes en La Rioja con edades comprendidas entre los doce y los treinta años.
Requisitos
Beneficiarios
Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la juventud señalados en el artículo 2 de la Orden 5/2017, de 7 de junio.
Conceptos subvencionables:
Gastos corrientes correspondientes a:
- Actividades juveniles.
- Campamentos y Campus juveniles.
- Trabajos o colaboraciones del voluntariado joven.
- Fomento de la creatividad.
- Intercambios juveniles.
2. Programas de formación juvenil o educación no formal.
Periodo subvencionable
Podrán ser objeto de subvención las actividades realizadas entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024
Documentación
Solicitud
- Modelo de solicitud (851.4 kb)
- Certificado (714.7 kb)
- Memoria de actividades (63.3 kb)
- Ficha de alta de terceros (70.2 kb)
- Declaración responsable sobre el cumplimiento del artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio de protección integral de la infancia (683.5 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se deberá realizar de forma telemática desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de la Rioja
El último día de presentación es el 8 de mayo de 2024
Plazo de resolución y notificación
Seis meses, contados desde la publicación de la resolución de convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución, se entenderá desestimada.NO SE NOTIFICARÁ LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN INDIVIDUALMENTE. SERÁ OBJETO DE PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA RIOJA, SURTIENDO DICHA PUBLICACIÓN LOS EFECTOS DE NOTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 45.1b) DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE
En la página web del Instituto Riojano de la Juventud (www.irj.es) se colgará el enlace al Boletín de publicación.
Otros plazos
Plazo de justificación
Los beneficiarios de las subvenciones objeto de la presente convocatoria deberán proceder a justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se otorgó la concesión:
- Hasta el día 17 de octubre de 2024: aquellas actividades y programas que hayan finalizado para el 30 de septiembre de 2024.
- Hasta el día 12 de diciembre de 2024: aquellas actividades y programas que hayan finalizado para el 30 de noviembre de 2024.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Silvia Mangado Macua
- Cristina Velasco Sicilia
- Nuria Lumbreras Pérez
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud
- Órgano competente: Instituto Riojano de la Juventud
- Unidad tramitadora: Servicio de Promoción Juvenil
- Cargo que resuelve: Sr./Sra. Consejero/a
Normativa
Orden 5/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de juventud.
Resolución 40/2024, de 31 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud por la que se convocan subvenciones en materia de juventud para el año 2024
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Observaciones:
Más información en la web del Instituto Riojano de La Juventud
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: