Registro General Sanitario de empresas alimentarias y alimentos
Las empresas que realicen una o varias operaciones de importación, preparación, fabricación, transformación, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, manipulación y venta o suministro de productos alimentarios deberán obtener la autorización sanitaria de funcionamiento antes del inicio de sus actividades, previa comprobación del cumplimiento de las condiciones técnico-sanitarias fijadas en la normativa de aplicación, de los sistemas de autocontrol adecuados a su actividad y del aseguramiento de la formación de los manipuladores de acuerdo con su actividad laboral.
Requisitos
Consulta los requisitos pinchando el siguiente enlace: RGSEAA
Documentación
Solicitud
Cumplimentar el modelo de solicitud.
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Tasas
Según lo previsto en la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Précios Públicos de la Comunidad Autónoma de la RiojaNotificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Carlos Pontón San Emeterio 941291819
Mª Ángeles Martínez Lapeña 941291204
Rosa María Izquierdo Pérez 941291100 Ext. 35564
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud y Políticas Sociales
- Órgano competente: Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados
- Unidad tramitadora: Servicio de Seguridad Alimentaria y Consumo
Normativa
Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
PositivoRecurso que procede:
Alzada
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: