Subvenciones en materia de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual para salas de cine
Financiación de inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual.
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.
Las personas solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con anterioridad a la publicación de la convocatoria, y tener la sala o complejo cinematográfico ubicado en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
No podrán acceder a estas ayudas las siguientes personas titulares de salas de exhibición:
- Las titulares de salas "X".
- Las que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales.
- Aquellas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en la normativa de subvenciones.
Documentación
Solicitud
Las entidades solicitantes solo podrán presentar una única solicitud. Junto a la misma, se presentará la siguiente documentación:
- Memoria explicativa del proyecto para el que se solicita la subvención.
- Cronograma provisional de desarrollo del proyecto.
- Presupuestos detallado de ingresos y gastos del proyecto.
- Declaración responsable de compromiso de ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de cesión de tratamiento de datos en relación al mismo.
- Declaración responsable de no tener residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales.
- Declaración responsable de estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Declaración responsable de no incurrir en ningún otro supuesto del artículo 13.2 de la Ley 38/2002, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Manifestación expresa sobre la actualización de los datos que constan en el Registro Administrativo de Empresas cinematográficas o documentación que acredite su modificación.
- Autorización expresa a que se consulte/obtenga documentación de otras administraciones públicas.
- Modelo de solicitud (61.1 kb)
- Declaración responsable (78 kb)
- Sujetos obligados notificación electrónica (37 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (desde el botón Tramitar)
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes es de treinta días hábiles, a contar desde la entrada en vigor de la Orden reguladora (entrada en vigor: 25 de abril de 2022)
Plazo: del 25 de abril de 2022 al 3 de junio de 2022.
Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, computados a partir de la publicación de la convocatoria. De no recaer en dicho plazo, la solicitud se entenderá desestimada.Otros plazos
El plazo de realización de las inversiones subvencionadas será el comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.
El plazo para la presentación de la cuenta justificativa finalizará el día 31 de diciembre de 2023.
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Alberto Alonso Marrón
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud
- Órgano competente: Dirección General de Cultura
- Unidad tramitadora: Servicio de Promoción Cultural
- Cargo que resuelve: Excmo/a Sr./a Consejero/a
Normativa
Orden EDC/15/2022, de 19 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual para salas de cine y por el que se procede a su convocatoria, en el marco del plan de recuperación, transformación y resilencia
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: