Gobierno de La Rioja

PR: comunicación previa de Producción de Residuos

Plazo: Sujeto a plazos
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Comunicación previa al inicio de actividades de producción de residuos.

Requisitos

La comunicación previa al inicio de actividades de producción de residuos es un trámite obligatorio dirigido a:

  • Productores de residuos peligrosos
  • Productores de residuos no peligrosos

Deben comunicar la generación de residuos aquellas industrias y actividades que:

  1. Generan residuos peligrosos en sus instalaciones: fabricantes, centros sanitarios, talleres, laboratorios, almacenes, tintorerías, estudios de tatuajes, etc.
  2. Actividades de construcción y mantenimiento de edificios e instalaciones que generan residuos peligrosos por la actividad profesional realizada.
  3. Instalaciones que generan residuos NO peligrosos en cantidades superiores a 1.000 Tn/año.
    • Instalaciones de depuración de aguas residuales con capacidad superior de más de 1.000 Tm/año de lodos de depuración en materia húmeda.
    • Productores de residuos agroalimentarios, sustrato postcultivo y residuo bioestabilizado en cantidades superiores a 80 toneladas/mes.
    • Si la actividad está sometida a Autorización Ambiental Integrada (AAI), la comunicación como productor de residuos quedará incluida en su solicitud de AAI.

Documentación

Solicitud

En el impreso COMUNICACION PRODUCTORES, que encontrará más abajo, deberá rellenar los siguientes apartados:

A. Datos de identificación de la empresa: datos de la empresa
B. Datos del representante legal
C. Datos a efectos de notificación
D. Datos del centro productor:
Marcar la actividad que corresponda:

  • Productor de más de 10.000 kg/año de residuos peligrosos.
  • Pequeño productor de residuos peligrosos.
  • Productor de residuos sanitarios (grupo III).
  • Productor de residuos peligrosos generados en servicios o instalaciones de terceros.
  • Productor de residuos no peligrosos en cantidades superiores a 1.000 Tn/año.
  • Instalación de Plataforma Logística de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (PLAEE).


E. Residuos: añadir tantas filas como residuos generados (usar el Anexo Residuos). Incluyendo:

Descripción de las condiciones de almacenamiento de los residuos en el lugar de producción con indicación de las medidas de protección contra la intemperie y los sistemas de retención de vertidos y derrames para asegurar que los residuos se encuentran en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En caso necesario aportar plano con indicación de la ubicación del lugar de almacenamiento de los residuos peligrosos.

Descripción de las operaciones de tratamiento previstas para asegurar el tratamiento completo de los residuos hasta la instalación de tratamiento final.

Las Plataformas Logísticas de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (PLAEE), incluirán en formato hoja Excel un listado con los datos de identificación de las empresas distribuidoras a las que presta servicio de almacenamiento de residuos indicando: NIF, Razón social, Domicilio, Localidad y CNAE 2009.

F. Documentación requerida:

  1. La inscripción en el registro genera el devengo de una tasa. Justificante de ingreso de la tasa vigente por servicios en calidad ambiental para la inscripción en registro administrativo. Entidad bancaria: CAIXABANK − Nº de cuenta: ES10 2100 6196 3813 0049 5789 "Comunidad Autónoma de La Rioja" Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente. Concepto de ingreso: "Tasa 4.47.10 Inscripción en el registro de actividades de producción de residuos". Importe 80,59 euros. ATENCION. En caso de modificaciones de la inscripción la tasa es de 20,15 euros.
  2. Documento acreditativo de la personalidad de la empresa: Copia del último recibo de IAE o cualquier otro documento oficial en el que figure la identificación del centro productor (razón social y NIF).
  3. Contrato de tratamiento con el gestor de la instalación de tratamiento de los residuos, cuando se disponga del mismo, o en su defecto declaración responsable del productor en la que haga constar su compromiso de celebrar con el gestor de la instalación de tratamiento el correspondiente contrato de tratamiento. Deben comunicarse los cambios de gestor de destino para su incorporación al expediente, si bien dicho cambio no supondrá una modificación de la inscripción.
  4. En el caso de productores de más de 10.000 kg/año de residuos peligrosos: Documentación acreditativa de la suscripción de fianzas, seguros o garantías financieras equivalentes exigibles conforme a las normas aplicables.

 

Nueva inscripción

  • Primera comunicación previa al inicio de la actividad
  • Cambio de denominación social o NIF de la empresa.
  • En el caso de cambio de ubicación de centro productor se solicitará nueva inscripción, indicando además la baja del centro donde hubiera cesado la actividad.

Modificación de datos:

Deberá hacer constar el motivo de la modificación:

  • Cambio de datos de la empresa, por ejemplo domicilio, teléfono, etc.; deberá aportar la documentación correspondiente a los apartados al punto 2º de la documentación a presentar
  • Cambio de datos del centro, por ejemplo teléfono, fax, etc.
  • En el caso de cambio del tipo y/o cantidad de residuos producidos, por ejemplo nuevos residuos o residuos que ya no se generan, deberá aportar la documentación correspondiente al apartado E de la comunicación y el Contrato de tratamiento con el gestor de la instalación de tratamiento de los residuos.

Los datos comunicados a la DGCARH referentes al cambio de teléfono, fax, correo electrónico o gestor de destino se incluirán en la documentación del centro y no implican modificación de la correspondiente inscripción.

En el caso de que la modificación sea debida a un cambio de NIF, de denominación social o un cambio de titularidad, deberá remitirse al siguiente procedimiento: Trámite electrónico para la Comunicación de cambio de titularidad de instalaciones con afecciones ambientales.

Cese de la actividad:

Deberá presentar una declaración responsable del cese de la actividad.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

De forma electrónica desde el botón Tramitar

Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

 

De forma presencial, opcional sólo para personas físicas, a través de:

Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de  Atención al Ciudadano"

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año.

Plazo de resolución y notificación

Las comunicaciones previas permitirán el inicio de la actividad desde el inicio de la actividad, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección. La inexactitud, falsedad u omisión de cualquier dato que se acompañe a la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad, sin perjuicio de las responsabilidades a las que hubiere lugar

Tasas

Número de cuenta: ES1021006196381300495789

Concepto: Tasa 4.47.10 Inscripción en el registro de actividades de producción de residuos.
Tasa 4.47.15. Modificación o renovación de autorizaciones (20,15 euros)

Importe: 80,59 €


Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Mª Jesús Sáez del Campo
  • Carmen María Marín Irisarri

Correo-e: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Decisión 2000/532/CE, de 3 de mayo, que sustituye a la Decisión 94/3/CE por la que se establece una lista de residuos

Decisión 2014/955/UE, de 18 de diciembre, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos.

Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Positivo

Recurso que procede:

Alzada

Contra la resolución del procedimiento cabe interponer recurso de alzada ante el superior jerárquico del órgano que dictó el procedimiento expreso en el plazo de un mes.

Otros enlaces:

Más información en este enlace del Gobierno de La Rioja: www.larioja.org/residuos

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