Gobierno de La Rioja

Disposición de bienes inmuebles (comunicación o solicitud de autorización)

Plazo: Continuo
Modo: Presencial Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Toda enajenación, permuta o gravamen de bienes inmuebles de las entidades locales debe comunicarse a la Dirección General de Política Local.

Requisitos

Si el valor excede del 25 por 100 de los recursos ordinarios anuales de la Corporación, necesita autorización de la Dirección General de Política Local.

También deben comunicarse a la Dirección General de Política Local las cesiones de uso de bienes inmuebles cuyo valor exceda del 25 por 100 de los recursos ordinarios anuales de la Corporación.

Documentación

Solicitud

En la solicitud se hará constar:

  • Clase de operación (enajenación -onerosa o gratuita-, permuta, gravamen o cesión de uso).
  • Identificación básica de los inmuebles.

Cómo tramitarlo

Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:

  • Dirección General/Servicio competente

La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar.

 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

Este procedimiento no está sujeto a plazo.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

  • Darío Sainz Martínez

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Ley 1, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Alzada

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