IP-02. Inscripción de Instalaciones Petrolíferas: parques de almacenamiento
Inscripción en el Registro de las Instalaciones Petrolíferas, del tipo Parques de Almacenamiento.
Requisitos
Requisitos previos
Solicitud de instalación (Registro de Proyecto)
- Acreditación de la personalidad
- Personas físicas (fotocopia compulsada del DNI)
- Personas jurídicas (fotocopia compulsada dela Escritura de Constitución. Estatutos sociales y composición de los Órganos de gestión).
- Registro de Empresa Instaladora.
Puesta en funcionamiento de la instalación
- Licencia de apertura
- Registro de Proyecto de instalación
Documentación
Solicitud
Solicitud de instalación (Registro de Proyecto)
- Solicitud, instancia general.
- Proyecto de la instalación ( según requerimientos del RD 2085/94 de 20/10/94 y RD 1562/98)
- Acreditación de la personalidad
. Personas físicas (fotocopia compulsada del DNI)
. Personas jurídicas (fotocopia compulsada dela Escritura de Constitución. Estatutos sociales y composición de los Órganos de gestión).
- Previsión de actividades (Plan a 3 años)
- Previsión anual de abastecimiento.
- Programa financiero en el que se detallen los medios propios o ajenos con los que cuenta para el desarrollo de su actividad.
Puesta en funcionamiento de la instalación
- Solicitud, instancia general.
- Licencia de apertura
- Certificado de dirección técnica de las instalaciones.
- Certificado de Organismo de Control Autorizado (OCA)
- Contrato con Operador/es Autorizado/s o con otro/s Suministrador/es
- Documentos que justifiquen la disponibilidad por el distribuidor de las instalaciones de recepción, almacenamiento y medios de transporte, o copia autentificada del contrato con tercero para la prestación de dichos servicios.
- Relación de los medios y garantías con que cuenta para asegurar que los productos a distribuir cumplen con las especificaciones establecidas en España.
- Documentación justificativa del cumplimiento de las existencias mínimas de seguridad en los términos que establece el Real Decreto 2111/1994, de 28 de octubre (salvo que se suministre únicamente de Operadores Autorizados según lo dispuesto en el artículo 21 del RD 2487/94)
- Modelo de solicitud (59.5 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
para descargar los impresos a cumplimentar y aportar junto con su solicitud consulte el siguiente enlace
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Si vd no es un sujeto obligado, se recomienda la presentación de forma manual, en tanto se habilita el sistema de pago electrónico de las tasas del Servicio de Industria y Energía.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Plazo de resolución y notificación
El plazo máximo de resolución será de TRES MESES, teniendo la falta de resolución en plazo efectos estimatoriosTasas
TASA DE INDUSTRIA
Número de cuenta: ES2621006196311300806826Concepto: Tasa
Importe: 57,25 € Pagar
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
- Órgano competente: Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización
- Unidad tramitadora: Servicio de Industria, Comercio y Transición Energética
- Cargo que resuelve: Sr./Sra Secretario/a General Técnico/a
Normativa
Más información
Otros Impresos
- Guía de tramitación (618.9 kb)
Sentido de silencio (silencio administrativo):
PositivoRecurso que procede:
Alzada
La presente resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada frente al Consejero/a de Industria, Innovación y Empleo en el plazo de un mes, conforme a los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común.
Observaciones:
El contenido de la información recogida en este documento tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales.
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: