Registro de Entidades, Centros y Servicios de Servicios Sociales: actualización Centro
Permite la actualización anual de los datos del Registro de Entidades, Centros y Servicios de Servicios Sociales como instrumento de planificación, ordenación y publicidad de los Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Actualización
Las Entidades deberán actualizar, antes del 15 de febrero de cada año, los datos que figuren en el Registro conforme al modelo-tipo Ficha de actualización.
Dicha actualización comprenderá los datos registrales referentes tanto a la propia Entidad, como a los Centros y Servicos que dependan de aquella, eligiendo en cada supuesto la Ficha o Fichas de actualización que procedan.
La actualización de los datos registrales dentro del plazo señalado, será requisito imprescindible para la celebración de conciertos o convenios con la Administración, así como para la concesión de subvenciones o ayudas económicas por parte de la Administración autonómica.
El incumplimiento de esta obligación conllevará la cancelación de la inscripción en aplicación de la normativa vigente.
Documentación
Solicitud
La ficha de actualización, únicamente en aquellos casos que resulte necesario por haberse producido algún cambio, podrá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Certificado acreditativo de los cambios en el supuesto de que se hayan producido modificaciones en la Junta Representativa de la Asociación.
- Nuevos estatutos de la Entidad, en el supuesto de que se hayan visto modificados.
- NIF actualizado de la Entidad, en el supuesto de cambio de denominación de la Entidad.
- Cualquier otra documentación justificativa de otros cambios producidos.
Únicamente se cumplimentarán en la ficha los nuevos cambios producidos.
Si no se ha producido cambio alguno en los datos que figuran en el Registro, se remitirá telemáticamente la Ficha en blanco.
En todo caso, las Fichas remitidas electrónicamente, serán firmadas por el Presidente de la Entidad o persona con poder suficiente para poder representarla.
- Ficha actualización Centro (44 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de la ficha de actualización anual y, en su caso, demás documentación se realizará de la siguiente forma:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Las fichas de actualización deberán presentarse antes del 15 de febrero de cada año conforme a la normativa vigente.
Plazo de resolución y notificación
No existe resolución administrativa, y por tanto tampoco notificación alguna.Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- Mª Carmen Villacián Glera 941291100 ext. 33638
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Salud y Políticas Sociales
- Órgano competente: Secretaría General Técnica
- Unidad tramitadora: Servicio de Autorización, Acreditación e Inspección de Centros y Servicios de carácter Social
- Cargo que resuelve: Sr./a Secretaria/o General Técnico
Normativa
Decreto 6/2000, de 4 de febrero, por el que se regula el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Servicios Sociales.
Orden 8/2000, de 29 de marzo, por la que se desarrolla el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Servicios Sociales.
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
No tieneUtilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: